29 de marzo de 2024

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3 de diciembre de 1990: Los carapintada tenían razón. SEINELDIN: Soldado de Dios y de la Patria.

Por Federico Gastón Addisi* Addisi-Federico-Gastón-1-400x200

 

 

 

 


 

Hoy se conmemora un nuevo aniversario del último intento de resistencia organizada contra el Nuevo Orden Mundial y sus personeros locales. Vulgarmente se lo conoce como el “levantamiento carapintada del 3 de diciembre”. En homenaje a todos los que perdieron la vida en estas acciones nos parece justo referirnos a quien fue su máximo responsable militar. El Coronel Seineldín.

“Milo” como me autorizó a llamarlo, fue una excelente persona pero además un brillante oficial del Ejército Argentino.

Durante su carrera  realizó el curso de paracaidistas, convirtiéndose luego en 1968 en Jefe de la especialidad. Fue comando y Jefe de cursos de las fuerzas especiales  en 1975. Participó de la  lucha contra la subversión en el Monte Tucumano. Ese mismo año, realizó junto a un grupo de oficiales un pronunciamiento oponiéndose a todo intento  de ruptura del orden constitucional. Producido  el Golpe de Estado contra el gobierno legal de Isabel Perón, el por entonces Mayor Seineldín manifestó su posición contraria al “Proceso” por lo que a partir de ese momento fue considerado como “persona no confiable” y amenazado con ser arrestado o dado de baja. Fue profesor de Estrategia de la Escuela Superior de Guerra. En 1978 organizó la Unidad Especial Halcón para cuidar la seguridad de ataques terroristas en el Mundial de Fútbol. En 1981 se lo designó Jefe del Regimiento 25 de Infantería en Chubut. Héroe de Malvinas, participó de la Operación del Rosario, con la que se recuperaron las islas. Una vez allí estuvo al mando de la defensa de la pista de aterrizaje, lugar estratégico y vital para mantener las comunicaciones con el Continente. Dicha posición continuó operable hasta el final de la guerra. Condecorado por su gran actuación en la Gesta del Atlántico Sur, en 1985 fue ascendido a Coronel y destinado como Agregado y Asesor Militar en Panamá. Finalmente, ya de vuelta en el país, y al ver el estado de disolución  al que iban conducidas las FFAA, el avance del proyecto mundialista, la cultura gramsciana y la campaña de desmalvinización, se puso al frente de los pronunciamientos militares de 1988 (Virgen del Valle), y del 3 de diciembre de 1990. Por este último hecho  fue condenado a muerte por Carlos Menem, situación de la que fue salvado por las activas gestiones del ex presidente Arturo Frondizi. Juzgado entonces, fue condenado a cadena perpetua, purgando 13 años de prisión en la Cárcel Común de Caseros y en el Penal Militar de Magdalena, padeciendo afrentas  como la denegación de autorización para estar junto a su hijo Mariano cuando este falleció. Tarde  recibió el indulto del presidente Eduardo Duhalde en el 2003, que le devolvió la libertad junto al  terrorista que comandó el ataque al cuartel de La Tablada, Enrique Gorriarán Merlo.
Nuestro Coronel falleció inesperadamente un 2 de septiembre del 2009.

He aquí una somera síntesis de la carrera militar de nuestro Coronel.

La prensa cipaya, y la mentira de la historia oficial no se privaron de injuriarlo durante su vida, situación que él soportó con el estoicismo que lo caracterizaba.

Sin embargo, ni siquiera ante el respeto que deben generar los muertos, se detuvo la prensa canalla y los pseudo historiadores del régimen.

No les bastó con intentar destruir su fama de guerrero y defensor de la Patria cuando Seineldín estaba con  vida. Tampoco bastaron los años de  encarcelamiento. Era necesario comenzar a mansillar su memoria. Había que enterrar su ejemplo y su legado.

De esta manera se dijo del ilustre fallecido: Que fue un procesista y que violó los derechos humanos. Puntualmente lo acusaban del secuestro y desaparición  de Alfredo Giorfi, científico que trabajaba en el INTI y pertenecía a Montoneros. Se dijo también que atentó contra la democracia y que sus pronunciamientos fueron intentos de golpe de estado…si hasta en una inocente presentación  de un libro de mi autoría sobre su subordinado –Roberto Estévez- el diario La Nación lo acusó de hacer comentarios racistas –dichos que como quedó demostrado, jamás existieron-.

En este artículo destruiremos una tras otra todas estas patrañas.

En primer lugar, comentaremos la más pesada de ellas.

Ya hemos dicho que Seineldín jamás fue “procesista”, todo lo contrario, pertenecía a  la línea nacional del Ejército y se opuso tenazmente al Golpe del 76 que trajo consigo al Proceso; mientras algunos falsos demócratas aplaudían a Videla o decían de él “que era un General democrático”. Pero iremos al fondo de la cuestión. Hemos revisado las listas de militares acusados de violaciones a los DDHH, de fuentes insospechables de “pro militarismo”, como ser: www.desaparecidos.org/GrupoF/su.html (Informe de la CONADEP», Informe de la Asociación de Abogados de la Provincia de Tucumán, Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la provincia de Chaco (1984), Publicaciones de las organizaciones de derechos humanos como «692 culpables del Terrorismo de Estado» y «Culpables para la sociedad – Impunes por la ley»); y en ninguna de ellas figura el Coronel como represor o torturador. Pero no figurar en ninguna lista de militares acusados de violar los DDHH no fue obstáculo para que el diario La Nación le imputara la desaparición de Alfredo Giorgi, científico que trabajaba en el INTI, y que pertenecía a la Organización Montoneros. Pero pareciera que el diario citado desconoce las siguientes pruebas que eximen a Seineldín de esta vergonzosa acusación.

El 23 de agosto del 2005 la Agencia ANCLA publicó la noticia de la  detención del Gendarme (R) Eugenio Pereyra Apestegui, quien ofició de jefe del campo de detención ilegal “El Olimpo”, acusándolo de la detención y desaparición de Alfredo Giorgi en 1978. Por otra parte, también se conoció la sentencia del 19 de noviembre de 2003 que en su parte fundamental  decía:

AUTOS Y VISTOS:

            Para resolver en esta causa n° 14216/03 del registro de la Secretaría n° 6 del Tribunal y en relación a JULIO HÉCTOR SIMÓN, alias “el Turco Julián, argentino, nacido el 12/08/1940, DNI n° 5.482.792, CI n° 4.985.217 (…)

  1. Alfredo Antonio Giorgi:

            Conforme la imputación fiscal de fs. 1195, el nombrado fue detenido el 25 de noviembre de 1978, siendo trasladado al centro clandestino de detención Olimpo, sometido a tormentos, hallándose desaparecido.

            Su caso fue desarrollado bajo el n° 348 en la sentencia dictada en la causa 13/83 en la que se dio por acreditada la ilegal privación de la libertad del nombrado.

            Mario César Villani atestiguó la detención de la víctima en este centro, en tanto Susana Leonor Caride confirmó ello aseverando que el Turco Julián interrogó y torturó a Giorgi (cfr. actas mecanografiadas, Legajos 119 y  359) (…)

            RESUELVO:

  1. I) DECRETAR EL AUTO DE PROCESAMIENTO, con PRISIÓN PREVENTIVA, de JULIO HÉCTOR SIMÓN, de las restantes condiciones personales consignadas en autos, por considerarlo prima facie y por semiplena prueba, autor responsable en la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por la calidad del autor y la duración en que se ejecutó tal privación (art. 142 incs. 1° y 5° del Código Penal), en forma reiterada, (hechos que damnificaran a (…) Alfredo Antonio Giorgi (…) en concurso real con el agravante del art. 144 ter del código de fondo, ante la aplicación de tormentos, tanto físicos como psíquicos (incs. 1°y 3°), en forma reiterada (…) mandando trabar EMBARGO sobre sus bienes suficientes a cubrir la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), diligencia que llevará a cabo el Sr. Secretario del Tribunal como Oficial de Justicia ad hoc. (arts. 55, 144 bis, 142 incs. 1°y 5°; 144 ter del Código Penal; 306, 312, 511 y ccdtes. del Código Procesal Penal).

Pasando en limpio, el secuestro, tortura y desaparición del Sr. Alfredo Giorgi fue imputado por la justicia a los Sres. “Turco Julián” y al Gendarme (R) Eugenio Pereyra Apestegui, por lo cual el Coronel Seineldín quedó totalmente eximido de cualquier acusación al respecto.

Una vez zanjada la cuestión de DDHH, nos dedicaremos a aclarar el tan remanido argumento que acusaba a Seineldín de haber intentado un golpe de estado.

En lo que hace a este tema, lo primero que hay que destacar es que jamás se acusó al ex Coronel de querer efectuar un golpe de estado al producirse el levantamiento de Villa Martelli durante el gobierno del Dr. Alfonsín. Por lo tanto habrá que remitirse solamente al alzamiento del 3 de diciembre de 1990, en la presidencia del Dr. Menem. Por aquellos sucesos se juzgó a Seineldín y los otros cabecillas del alzamiento, el 15 de abril de 1991 en la Cámara Federal.

En el juicio declararon conspicuos menemistas, y demás testigos que aseguraron que en su opinión los hechos del 3 de diciembre no se trataron de un golpe militar. Entre ellos podemos citar a Alberto Kohan quien sostuvo “que de las reuniones con él mantenidas no puede desprenderse que atacaran el orden constitucional (…)”.  El Doctor Raúl Granillo Ocampo dijo “No se adoptaron medidas extraordinarias de seguridad ni en la Casa de Gobierno ni en ningún otro organismo público. Nadie tomó seriamente que se pudiese atacar la Casa de Gobierno (…)”. El por entonces miembro de la SIDE y luego subsecretario del Interior, Doctor Gerardo Conte Grand declaró que su opinión era a título personal, entendiendo “que no fue una tentativa inmediata de golde de Estado, pues no hubo empleo de otras FFAA, no hubo proclama revolucionaria, ni tampoco la propalación de ideas revolucionarias (…)”; y el General (leal) D. Dante Caridi respondió que “el Coronel (Seineldín) tiene una formación de nacionalismo extremo, unido a concepciones fuertemente religiosas. No me consta que eso lo llevara al punto de atentar contra el orden democrático”.

Asimismo, y como para dar una prueba más contundente aún, reproducimos fragmentos de fojas de la sentencia de la Cámara al momento de dictar el fallo. Así, a fojas 2838 vta podía leerse “(El levantamiento) Fue promovido, gestado y ejecutado como un solo alzamiento bajo un único comando y con personal  concertado para ejecutarlo reunido el mismo día y a la misma hora, mediante acciones coordinadas dirigidas al reemplazo del Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a las autoridades inmediatas (…) Para subrayar en la foja 2842 vta. “no ha quedado acreditado así, que se pretendiese  un Golpe de Estado, mediante el derrocamiento de alguno de los poderes públicos del gobierno nacional, ni mucho menos que se obrara con el fin de cambiar de modo permanente el sistema democrático de gobierno, extremos que no encuentran sustento alguno en las constancias fácticas de este juicio”.

Hasta aquí la verdad de los hechos. Con la fuerza irrefutable de los documentos. Esperamos hacerle justicia al Coronel del pueblo y que por fin, encuentre su justo descanso.

*FEDERICO GASTON ADDISI es dirigente justicialista (historiador y escritor), director de Cultura de la Fundación Rucci en CGT, miembro del Instituto de Revisionismo Historico J. M. de Rosas, miembro del Instituto de Filosofía INFIP, diplomado en Antropología Cristiana (FASTA) y diplomado en Relaciones Internaciones (UAI).

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