25 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

¿Bancarios o Comercio? el caso de Mercado Pago; por Juan Pablo Chiesa

La inexactitud de no saber en dónde encuadrar a Mercado Pago, empresa de Mercado Libre, nos lleva a diseccionar este asunto y de entrada hacernos la pregunta de rigor: ¿qué es un conflicto por encuadramiento sindical?

El encuadramiento sindical implica determinar el ámbito de representación del sindicato con personería gremial o sin ella, teniendo en cuenta la «unidad técnica de ejecución de la empresa»; esto es, la actividad propia.

La realidad política y social ha relativizado el sistema jurídico en el sentido de relativizar en la puja sobre los encuadres sindicales según los datos que marcan normas aplicables a favor de cada sindicato.

La nueva contienda que despierta la atención del Derecho Sindical en Argentina, reside en el encuadre sindical que deben tener los dependientes de Mercado Pago que, a simple vista, venden servicios financieros y, en principio, encuadrarían dentro del convenio colectivo que regula al sistema de bancos, la Asociación Bancaria.

Ahora bien, la cuestión de encuadre sindical en nuestro país, es una materia pendiente por la ley de asociaciones sindicales y la justicia aboral argentina, que soporta un modelo sindical insostenible para el modelo laboral argentino.

La contienda es, ¡quién representa a los dependientes de Mercado Pago?, y la premisa es, ¿cuál es la actividad normal y especifica de Mercado Libre?

La bendita frase del titular de la bancaria, Sergio Palazzo: «Vamos por el encuadramiento de todos los trabajadores que venden u ofrecen servicios financieros y que corresponden que sean bancarios, entre ellos y principalmente los trabajadores de Mercado Pago». Es tan absurda y antijurídica de la frase: «Que todo lo que ande sobre ruedas, sea de Camioneros»

Estas frases denotan una tosquedad interpretativa de la ley de asociaciones sindicales y la ley de convenios colectivos de trabajo, pretendiendo, la barbarie de atropellamiento y desmedida atrocidad de un colectivo de personas que no entiendan de democracia y libertad sindical.

De todas maneras, la resolución de encuadramiento, emana de la autoridad administrativa del trabajo o de la vía asociacional, será directamente recurrible ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y no del capricho gremial.

Tengamos en cuenta que Las nuevas tecnológicas y los servicios que ofrece Mercado Libre son una gran erupción en el cambio de paradigma social y cultural en una nueva era en miras a la globalización mundial.

Si bien, las nuevas modalidades laborales vinieron para quedarse, en nuestro país, nos atrasa el modelo sindical, siendo una puja entre sindicatos y no entre trabajadores, y se olvidan de la protección tuitiva que debemos tener a mas del 1% de los ocupados en argentina que prestan sus servicios mediante una aplicación virtual.

En virtud al encuadre sindical que pretenden darle a Mercado Libre por la supuesta intención de enfocarlos en servicios financieros, debemos tener en cuenta cual es la actividad principal del prestador de servicios y su unidad técnica de ejecución de los mismos, antes de pretender, de manera caprichosa y avasalladora, sindicalizar el trabajo dependiente.

Juan Pablo Chiesa  – Abogado (UBA). Doctrinario Laboralista. Presidente de la Asociación de Profesionales Representantes de Emprendedores y Empresarios Afines (APREEA).

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