20 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Dictamen para regular el uso de monopatines eléctricos

Las comisiones de Justicia y de Transporte de la Legislatura Porteña dieron dictamen a la iniciativa que pretende regular el uso de dispositivos de movilidad personal propulsados por motores eléctricos como monopatines, que ya circulan por las calles porteñas.

La iniciativa del Ejecutivo porteño llegó el 4 de abril al ámbito legislativo y, luego de algunas modificaciones, consiguió dictamen para ser tratado en una próxima sesión parlamentaria.

Según relató la presidenta de la comisión, Cristina García (Vamos Juntos), el proyecto original incorporó modificaciones propuestas por diversas bancadas como, por ejemplo, la obligatoriedad de portación de DNI por parte de los conductores y la aclaración de que la autoridad de aplicación podrá incluir restricciones adicionales a la circulación de los mismos.

Luego de asegurar que su bloque está interesado y acompaña la necesidad de regular la presencia de este tipo de vehículos, Paula Penaca (Unidad Ciudadana) explicó que «se necesita una mirada más amplia» y pidió que se incorporen «ciertos planteos» realizados por instituciones como el TI y la UTN.

Aunque dijo desconocer «lo que pueda suceder después» de la sanción de la iniciativa con el desarrollo del servicio en manos de privados, García consideró «importante avanzar en una normativa antes de que estén circulando y se tenga que regular con lo ya dispuesto por las empresas».

En principio, los monopatines eléctricos estarán obligados a circular por bicisendas, ciclocarriles y ciclovías en las calles que cuentan con estas vías diferenciadas, mientras que en aquellas trazas en las cuales no existan, podrán ir por la calzada del lado derecho.

También se especifica que no deberán usarse en veredas ni avenidas, así como tampoco podrán ser conducidos por menores de 16 años; tendrán que ser operados por una sola persona, sin posibilidad de llevar un acompañante, y la velocidad tope es de 25 kilómetros por hora.

Los dispositivos de movilidad personal deberán contar con un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas, una base de apoyo para los pies y timbre o bocina.

La norma debatida -además- prevé una multa de 70 unidades fijas -equivalente a 1.750 pesos aproximadamente- para aquellos conductores que circulen asidos a otro vehículo o que no usen casco.

Deja una respuesta