20 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Diputada Cresto propone una ley que sancione la inducción al suicidio en casos de violencia de género

El Programa Integral de Lucha contra la Violencia de Género de la Municipalidad de Concordia propone una Ley que sancione la inducción al suicidio a una mujer cuando medien antecedentes de violencia de género.

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La diputada nacional por Entre Rios, Mayda Cresto, anunció a través de sus redes sociales que en un trabajo en conjunto con la municipalidad de Concordia, plantearon que exista una ley que sancione la inducciòn al suicidio en casos de violencia de género.

«#NiUnaMenos. En un trabajo articulado con el Programa Integral de Lucha contra la Violencia de Género de la @MuniConcordia vamos a presentar un Proyecto de Ley que sancione la inducción al suicidio a una mujer ejerciendo violencia de género», escribió la diputada en su cuenta de Twitter.


El proyecto de Ley que será impulsado por la Diputada Nacional Mayda Cresto por el que se sanciona penalmente al hombre que indujere a una mujer al suicidio o le prestare ayuda para cometerlo cuando se comprobaren antecedentes de alguna clase de violencia de género definidas en la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Desde la intendencia de Concordia (que colaboró con el proyecto), explicaron que “sólo un existe un antecedente de una ley de este tipo en El Salvador y ha sido destacado por la ONU Mujeres”.

Y agregaron: “Son muchas las mujeres que se “suicidan” y estos hechos son tomados literalmente como tales, cuando en realidad, muchos de ellos, provienen del estado de vulnerabilidad sicológica en que se encuentra la víctima, producto de sufrir constantes ataques de violencia de distintos tipos”.

El proyecto de ley prevé una sanción de prisión de 5 a 7 años, o sea no es excarcelable y se aplica no solo cuando hay antecedentes de violencia sino cuando se comprobare que el denunciado se haya aprovechado de cualquier situación de riesgo o condición física o psíquica en que se encontrare la víctima, por haberse ejercido contra ésta, cualquier1a de los tipos o modalidades de violencia y que el inductor se haya aprovechado de la superioridad generada por las relaciones preexistentes o existentes entre él y la víctima.

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