La Cámara de Diputados avanzo y dio media sanción  por 192 votos a favor y 23 abstenciones  desde las 14 en el debate del proyecto de reforma de la ley de Alquileres, que contempla la extensión del contrato a tres años, una actualización anual de ese acuerdo basado en un promedio del aumento de salarios e inflación y un nuevo sistema de garantías.

Abrio el debate, el presidente de la Comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky,   y dijo que con esta iniciativa se busca «dar soluciones a este problema que afecta a ocho millones de argentinos» y destacó que se tienen que regular estos contratos porque «existe una situación desigual» entre inquilinos y propietarios.

Después de pormenorizado detalle de la ley y defender la decisión de subir de dos a tres años los contratos de alquiler, el  rebelde diputado macrista  exclamo que esta propuesta «viene a equilibrar las relaciones entre los sectores».

El diputado kirchnerista, Adrián Grana, en su exposición dejo en claro  y a modo de reproche que «estamos tratando después de cuatro años que se había aprobado en el Senado una reforma a la ley de alquileres»  asegurando que esto es por el cambio político que se avecina con el triunfo del Frente de Todos, por eso «vuelve a colarse una agenda a favor de los ciudadanos».

«Estoy satisfecho de haber llegado hasta acá y haber logrado un consenso para tener una nueva ley de alquileres», dijo con satisfacción.

Los aspectos centrales de la reforma del Código Civil y Comercial referido a la ley de alquileres son la extensión de un contrato de dos a tres años, un nuevo mecanismo de actualización anual -en lugar de semestral-, que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.

En ese sentido se establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

Otro punto clave del proyecto es que se dispone que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

 Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.

Compendio de las principales reformas que llevaría la nueva sanción y que después debería pasar por Senado para su revisión

  1. Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual
  2. Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de como sean considerados.
  3. El depósito de garantía no podrá ser mayor a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes .
  4. Para facilitar las garantías de los inquilinos, seguramente se pedirá, aval bancarioseguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino quien lo documentará con recibo de sueldo o certificado de ingresos. El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar y tomar solo una de las propuestas.
  5. Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. Este es el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos.Igualmente ahora las comisiones están soportadas exclusivamente por el inquilino sea la correspondiente al propietario o al inquilino. Las inmobiliarias no acceden en estos momentos a otro tipo de transacción.

 

Alejandro Bennazar, titular de la Cámara Inmobiliaria Argentina manifestó a la prensa “En general, estamos de acuerdo con el proyecto. Fue consensuado entre todas las partes y comprendieron que la intervención inmobiliaria con profesionales debidamente matriculados es fundamental. Cada parte se hace cargo del contratante, salvo que los dos se pongan de acuerdo”. En la ciudad de Buenos Aires, las inmobiliarias no pueden cobrar comisiones a los inquilinos —solo a los propietarios— de acuerdo a un fallo que está vigente pero fue apelado por las cámaras inmobiliarias. De igual forma son pocas las Inmobiliarias que respetan la ley.

Gervasio Múñoz, de Inquilinos agrupados,  esperan la sanción de la ley con mucha  cautela. “La ley es un cambio radical en la forma de alquilar en la Argentina. Sabemos de la capacidad de lobby del mercado inmobiliario. Luego tiene que votarse en Senadores y por último reglamentarse. Es un camino largo, porque si se vota, luego empieza el camino más difícil: el cumplimiento. El mercado inmobiliario es muy amigo de evadir las leyes y ahí enfocaremos todas nuestras fuerzas”.