29 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Diputados sancionó la instrumentación del Código Procesal Penal

La Cámara de Diputados, reunida en una sesión especial, convirtió en ley los proyectos en revisión que adecuan el marco normativo actual para que el primero de marzo del año que viene entre en vigencia el nuevo Código Procesal Penal.

Las iniciativas son las modificaciones a ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, la ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal. Además de las modificaciones complementarias al Código Penal en lo referido a las causales de suspensión del juicio a prueba, el nuevo régimen orgánico del Ministerio Público Fiscal y del de la Defensa y el régimen de subrogancias.

El pasaje del trámite judicial inquisitorio a uno de forma acusatoria fue una de las mandas que dejó establecida la reforma de la Constitución en el 94. Los aspectos centrales de esta norma son la oralidad en los juicios, la publicidad de los actos, mediación y la contradicción.

El CPP es el contexto en el cual se instrumenta la Justicia penal. Su importancia es clave en el ordenamiento del derecho y en cómo debe relacionarse la contundencia real del Poder Judicial en la materia. Se debe a que el Estado es el único actor con la facultad para aplicar el poder punitivo manifiesto. Pero esa potestad no es ilimitada, sino que está acotada a los márgenes de la ley y tiene que ser ejecutada conforme al debido proceso que determina el código en cuestión, aunque en la práctica existan instituciones que se excedan.

En la administración de justicia, los procedimientos están categorizados dentro de dos tradicionales modelos de acción (sistema inquisitorio y acusatorio). En ellos se expone la relación del Estado con sus miembros. A su vez existe una tercera categoría (denominada mixta), que se nutre de cada corriente.

Luego del estreno, hasta ahora el primero de marzo, el Procesal comenzará a consolidar la transición del Código Levene a un sistema acusatorio, alejándose de la mixtura con base inquisitorial que predomina hoy. Dicha transformación aspira a remediar uno de los más firmes resabios de la Corona española. Para dimensionar la situación, ya la ley madre de 1853 establecía esa necesidad, pero a pesar de varios intentos no se había concretado en la historia argentina.