28 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El Congreso designó primeros integrantes del comité de lucha contra la tortura

La comisión bicameral de la Defensoría del Pueblo, presidida por la senadora de Cambiemos Marta Varela, firmó la resolución que designa a los tres miembros que representan a las organizaciones no gubernamentales para integrar el Comité de Lucha contra la Tortura.

Fueron elegidos María Josefina Ignacio, de la Asociación Pensamiento Penal; Diego Jorge Lavado, de la Fundación Sur Argentina; y Gustavo Federico Palmieri, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). «Estamos dando un paso fundamental para conformar el Comité. Se analizaron todos los candidatos, sus antecedentes y sus experiencias; escuchamos a las organizaciones sociales y realizamos las audiencias públicas correspondientes para llegar hasta esta instancia», afirmó la senadora Varela.

Además, destacó que “hemos logrado el consenso necesario para dar este paso en la selección de los candidatos”.

Por su parte, la diputada nacional Graciela Camaño coincidió con los demás legisladores en que los tres miembros designados reúnen los “requisitos de idoneidad y compromiso” y al mismo tiempo, señaló que “la tortura no es un tema menor en la Argentina” y que “la tortura nos interpela como sociedad”.

La resolución deberá ser aprobada en el Senado (Cámara de origen) y luego será girará a la Cámara de Diputados.

El comité Nacional contra la Tortura es el órgano encargado de auditar el trato de las personas privadas de su libertad, contemplado en una normativa internacional a la que Argentina adhiere. Dicho comité debe integrarse por tres representantes de organizaciones no gubernamentales, seis a propuesta de los legisladores, un miembro por la Secretaría de Derechos Humanos, el procurador penitenciario y dos por los mecanismos locales.

Actualmente, en Argentina hay seis provincias que han aprobado leyes de creación de mecanismos locales de prevención de la tortura: Chaco (2009), Rio Negro (2010), Mendoza (2011), Salta (2012), Tucumán (2012), Misiones (2014) y Corrientes (2015).

ANTECEDENTES

Con la ratificación en el año 2004 del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas, aprobado por Ley Nº 25.932, surge la obligación de crear y sostener Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura.

En cumplimiento de esta obligación internacional se sancionó en noviembre de 2012 la Ley Nº 26.827 que crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Esta ley fue reglamentada el 9 de abril de 2014 por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 465. La Ley Nº 26.827, en su artículo 32, en concordancia con el artículo 29 del Protocolo, establece que deberán crearse Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura en las provincias y en la CABA.

El proceso que culminó con la sanción de la Ley 26.827 contó con una amplia y sostenida participación de instituciones estatales y, sobre todo, de la sociedad civil de todo el país e internacionales.

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