23 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El Gobierno promulgó la ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores

El gobierno nacional oficializó con su promulgación la ley 27.437 de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, donde se fijó que “se deberá otorgar preferencia a la adquisición, locación o leasing de bienes de origen nacional”.
Lo hizo a través del Decreto 427/2018 publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Producción, Francisco Cabera.
La ley rige para las personas físicas o jurídicas, a quienes el Estado nacional hubiere otorgado licencias, concesiones, permisos o autorizaciones para la prestación de obras y servicios públicos.
También comprende a los contratistas directos, al Poder Legislativo, al Poder Judicial y al Ministerio Público de la Nación; y a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa).
Se estableció que “la preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional se otorgará cuando para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, el precio de las ofertas de bienes de origen nacional sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un 15%, cuando dichas ofertas sean realizadas por micro, pequeñas y medianas, y en un 8% para el resto”.
Además, resolvió que “cuando en el marco de lo establecido por la presente ley resulte una comparación de precios entre ofertas que no sean de origen nacional, se otorgará un margen de preferencia del 1% cada 5 puntos porcentuales de integración local sobre el valor bruto de producción de los bienes alcanzados, hasta un margen de preferencia máximo de 8%, conforme los criterios de cálculo que defina la autoridad de aplicación a tal efecto”.
La ley precisó que “las cooperativas que se encuentren inscriptas en el Registro del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) del Ministerio de Desarrollo Social y cumplan con lo establecido en la presente ley, tendrán los mismos beneficios y se les otorgarán las mismas preferencias que las previstas para las pequeñas y medianas empresas”.
También se creó el Programa Nacional de Desarrollo de Proveedores, “cuyo objetivo principal será desarrollar proveedores nacionales en sectores estratégicos, a fin de contribuir al impulso de la industria, la diversificación de la matriz productiva nacional y la promoción de la competitividad y la transformación productiva”.
“Para la consecución de sus objetivos, el Programa Nacional de Desarrollo de Proveedores favorecerá la articulación entre la oferta de productos y servicios, existentes y potenciales, con la demanda del Sector Público Nacional y personas jurídicas operadoras de sectores estratégicos demandantes de dichos bienes, con el propósito de canalizar demandas y desarrollar proveedores capaces de aprovisionarlas”, indicó la normativa.
Subrayó que “el Programa Nacional de Desarrollo de Proveedores identificará las oportunidades para los proveedores locales a través del relevamiento de la oferta existente, o de la factibilidad técnica de abastecimiento local de esos productos y/o servicios con la asistencia de herramientas técnica y financieras para favorecer la mejora de los proveedores nacionales”.

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