28 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

“Es incomprensible que declaren incompatible a una jubilada que cobra la mínima que tiene una persona discapacitada a su cargo”

La diputada nacional por UCR Córdoba Soledad Carrizo manifestó “Lo que pretendo con este proyecto es una ampliación del universo de sujetos beneficiados, tendiente a modificar la actual modulación reglamentaria que hoy provoca graves perjuicios y desequilibrios para personas con discapacidad y adultos mayores”. En este sentido, la reforma propuesta “responde a un proceso de extensión de derechos a sujetos vulnerables que los distintos tratados internacionales y demás obligaciones internacionales asumidas por nuestro país obligan a proteger”.

El mismo, es un proyecto de declaración dirigido al Poder Ejecutivo solicitando que lleve adelante las acciones necesarias para modificar aquellos artículos del decreto 432/97 que disponen requisitos gravosos y restrictivos para el otorgamiento de las pensiones por invalidez y vejez. El objetivo es que con esta intervención, sea el mismo órgano ejecutivo nacional el que readecue esta norma reglamentaria en conformidad a los principios protectorios de discapacidad y vejez dispuestos en la Convención de los Personas con Discapacidad, y la Convención Interamericana sobre los Derechos de Adultos Mayores que en nuestro país gozan de jerarquía constitucional.

En este sentido, Carrizo expresó que la aplicación rigurosa que el estado nacional está haciendo de dicha reglamentación, “ha causado una profunda preocupación en la ciudadanía por el sinnúmero de suspensiones y resulta inadmisible que consideren incompatible y le suspendan la pensión a una jubilada que cobra la mínima y tiene una persona con discapacidad a su cargo”.

“Dicha reglamentación”, amplió la Diputada Nacional, “debe readecuarse hoy según criterios de justicia social y dignidad de la propia constitución nacional, porque el origen de esta problemática no es la intencionalidad del estado nacional de recortar beneficios, sino los requisitos y condiciones que el propio decreto reglamentario establece para la concesión”.

“De manera que la administración pública se ve obligada al cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes, de allí entonces, que sea el congreso de la nación, como eco de las necesidades de la población, la que indique al poder ejecutivo el camino correcto para reformular esta norma y readecuarla a las necesidades actuales con un criterio de enorme compromiso social”, agregó.

En definitiva, se pretende una ampliación del universo de sujetos beneficiados: en los términos actuales, el artículo 1 -incisos f), g) y el articulo 3 del anexo del decreto 432/97 establecen condiciones incompatibles con la dignidad de sujetos vulnerables como son las personas que sufren discapacidad y se encuentran en la etapa de vejez. Los requisitos actuales requieren un estado de desamparo exorbitante; y el asistencialismo estatal no debe estar guiado por criterios de indigencia y miseria, sino de acompañamiento y auxilio para que todos los habitantes del país puedan alcanzar un proyecto de vida e integración social plena.

“Por eso, pedimos que se flexibilicen los requisitos que implican que el peticionaste y su cónyuge no se encuentren ya amparados por un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva alguna; y que no resulte excluyente para su otorgamiento no tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos. También pedimos que se elimine el límite máximo de 2 beneficios por familia aun en el caso de que en el mismo núcleo hubiese más personas con discapacidad”.

“Respetuosos de las funciones de cada órgano, con este proyecto no buscamos derogar un decreto que corresponde a las competencias del órgano ejecutivo reformular, sino manifestar y hacerle llegar la necesidad de hacerlo de manera urgente señalando el camino a seguir”, concluyó Soledad Carrizo.

Deja una respuesta