25 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

La presidenta confirmó la reglamentación de la ley de Fertilización Asistida

La presidenta Cristina Fernández anunció este mediodía que ya firmó la reglamentación de la Ley de Fertilización Asistida en el marco de la inauguración de un hogar para mujeres víctimas de violencia en Lomas de Zamora junto al primer candidato a diputado por el FPV, Martín Insaurralde.

En en el acto que se desarrolló hace minutos, la legisladora porteña María Rachid (FPV) señaló que «esta ley garantiza que los procedimientos de Fertilización Asistida no continúen siendo un privilegio para pocos, excluyente y violatorio del derecho a la salud, derechos sexuales y reproductivos y del principio de igualdad y no discriminación”.

En sintonía, la diputada de la ciudad indicó que “celebramos esta reglamentación que respeta el espíritu inclusivo de la ley y amplia derechos y que permitirá que muchas familias que están anhelando poder cumplir con su ferviente deseo de tener hijos/as, puedan hacer realidad su sueño, ya que, a partir de esta norma, las técnicas de reproducción humana a2sistida son un derecho para todos y todas «.

La denominada ley de fertilización asistida (26.862) había sido sancionada por el congreso el 5 de junio y promulgada por el Ejecutivo el 27 de ese mes. Esta normativa estipula que las entidades prestadoras de servicios de salud, ya sean públicas o privadas, deberán incorporar a sus cartillas de prestaciones médicas (en carácter obligatorio) los procedimientos que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define como “Reproducción Humana Asistida”.

A partir de que la nueva legislación se efectivise, garantizará sin restricciones el acceso a las distintas metodologías de fertilización gratuitamente. De ahí en más, las obras sociales, mutuales o prepagas deberán absorber los costos para facilitar el derecho a ser padres.

Tal es así que la Ley 26.862 auspicia los tratamientos que sean necesarios para conseguir un embarazo. Entre ellos se incluyen los de baja complejidad (como la inseminación artificial) o alta (fecundación in vitro), impliquen o no la donación de gametos o embriones.

Además, el texto de la norma estipula la incorporación de los avances tecnológicos a las cartillas de prestación obligatorias en cuanto los avale el Ministerio de Salud. Eso posibilita la actualización de las listas de metodologías disponibles al compás de la ciencia. De esta forma se evitaría que una obra social (por poner un ejemplo) decida no cubrir un eventual y novedoso tratamiento debido a sus costos. La sociedad tendrá que seguir de cerca este apartado para que la nómina de la cartera de Salud sea la más vigente y evitar que ese Ministerio afloje frente a las presiones de las prestadoras del sistema de salubridad.

Así, la ley viene a romper con una discriminación dolorosa respecto a la decisión de tener un hijo. Una de cada seis familias no son fértiles y deben recurrir a estos métodos para embarazarse. Al ser extremadamente caros, sólo aquellos con el dinero suficiente podían aplicar a estas técnicas.

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