19 de abril de 2024

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¿Llega la Boleta Única de Papel?: Desde Consenso Federal reflotan un viejo debate

Hace unas semanas, Roberto Lavagna, exministro de Economía y excandidato a presidente por Consenso Federal, había planteado que en vez de discutir por las PASO, habría que poner el ojo en “el uso de boleta única de papel, que es la mejor forma de reducir las posibilidades del fraude electoral”.

Consecuente con esos dichos, el bloque de Diputados de Consenso Federal, en claro respaldo a su lider presentó hoy un proyecto para instrumentar el sistema de Boleta Única de Papel para que comience a regir en las elecciones del 2023 y envió una copia de esa iniciativa al ministro del Interior Eduardo «Wado» de Pedro.

En una nota al titular de la cartelera política que firman los diputados Alejandro «Topo» Rodríguez, Graciela Camaño y Jorge Sarghini, pidieron que no se demore el tratamiento de este proyecto para aprobar la instrumentación de este sistema electoral que ya se utiliza en algunas provincias.

«Hemos tomado conocimiento del debate respecto de la postergación de las elecciones Primarias y Generales, y de su afirmación de que no existe el tiempo necesario para la implementación de la Boleta Única de Papel este año», señalaron los legisladores.

En ese sentido, los diputados de Consenso Federal destacaron que lo que «no puede demorar es una firme decisión del Poder Ejecutivo Nacional de apoyar, sin rodeos ni dilaciones, la aprobación y aplicación de la Boleta Única de Papel para todas las elecciones de cargos nacionales, Primarias y Generales, desde el 2023».

El proyecto establece que la boleta única de papel será el instrumento de votación para la selección de candidatos a cargos electivos nacionales, incluyendo todas las categorías electorales, debidamente distinguidas.

A lo largo del proyecto se fija que «esta ley será aplicable a partir del primer acto electoral de 2023 y de las elecciones sucesivas, para las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y Generales, ambas para la elección de cargos nacionales, incluyendo todas las categorías debidamente distinguidas».

Además, determina que la Cámara Nacional Electoral debe diseñar la boleta única de papel destinada a ser utilizada en los comicios mientras el Poder Ejecutivo Nacional tendrá a su cargo el costo y la impresión de dicha boleta.

La boleta única de papel se dividirá en espacios, franjas o columnas de igual dimensión para cada agrupación política, distribuidas homogéneamente entre las distintas listas de candidatos/as oficializadas.

También señala que en la Boleta deberá identificarse con claridad nombre de la agrupación, símbolo, sigla, escudo, emblema o distintivo y categoría a cubrir, si como sino presenta candidatos en alguna categoría.

También dispone que cada mesa electoral «debe contar como mínimo con igual número de boletas únicas de papel que de electores habilitados para sufragar en la misma».

«En caso de robo, hurto o pérdida del talonario de boleta única de papel, éste será reemplazado por un talonario de idénticas características y condiciones. No se permitirá la impresión de boletas únicas de papel suplementarias equivalente al 5% del total de los inscriptos en el padrón electoral del distrito», agrega.

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