23 de abril de 2024

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Para que el ciudadano tenga el control.

NEUQUÉN – Mansilla pide la indagatoria de Canosa por el niño fallecido al ingerir dioxido de cloro

El diputado neuquino Mariano Mansilla informó que hoy pedirá la indagatoria de la conductora de Canal 9 Viviana Canosa, quien en su programa tomó en vivo dióxido de cloro. El viernes, la fiscalía de Homicidios de Neuquén informó que la autopsia a un niño de cinco años de Plottier reveló que murió por una intoxicación compatible con la ingesta de «dióxido de cloro».

Mansilla informó que acompañarán el dictamen científico a la justicia porteña y pedirán que con las pruebas reunidas, se cite a prestar declaración indagatoria a la presentadora de televisión. En el legajo además acompañarán el dictamen de la Defensoría del Publico que reprocha desde la óptica del ejercicio de la comunicación y el periodismo, el modo de proceder de la conductora.

El diputado adelantó que se presentará con el patrocinio de Federico Dávila en la causa que tramita bajo la caratula «Denuncia DEN00660077. Caratulada VIVIANACANOSA». El delito que le imputan es el que figura en el artículo 208 del código penal, conocido como ejercicio ilegal de la medicina curanderismo. La causa está en manos de la Fiscalía Penal, Correccional y de Faltas 6.

El primer informe de la autopsia determinó que el niño falleció por un «fallo multiorgánico» pero no pudo determinar los motivos y por esa razón la fiscal Sandra Ruixo, que investiga el caso, ordenó la intervención de una junta Médica.

«La junta médica analizó los resultados de la autopsia y estudios bioquímicos, y respondió tres aspectos que consultó la representante del Ministerio Público Fiscal:

1) Causa del fallo multiorgánico revelado por la autopsia;

2) En caso de haber sido originado por una intoxicación, cuál fue la sustancia que lo produjo;

3) Si esa sustancia es compatible con dióxido de cloro», afirmó un comunicado oficial.

El texto explicó que «sobre el primer punto, la junta médica sostuvo que una etiología tóxica sería compatible con el cuadro descripto»; respecto al segundo, puede inferirse la ingesta de una sustancia química cáustica»; y sobre el tercero que «los hallazgos descriptos son compatibles con la ingesta de dicho producto, en referencia al dióxido de cloro».

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