19 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Proponen penar con prisión la crueldad hacia los animales

El senador nacional Roberto Basualdo (Compromiso Federal – San Juan) presentó un proyecto para actualizar la ley de protección de animales (sancionada en 1954). Propone penar los actos de crueldad con prisión de 2 meses a un año más una multa entre $1000 y $3000. También estipula penas de 1 mes a 1 año, más una multa entre $500 a $2000, para la figura de maltrato..

Según detalló el legislador cuyano, el objetivo de la iniciativa es «brindar mayor protección a los animales de compañía, silvestres y de producción que se encuentren en cautiverio». La iniciativa incluye una serie de conductas típicas que hoy se cometen de forma usual, como maltrato y crueldad, que no son contemplados en la actual ley de protección de animales.

El articulado, que aspira a renovar la conciencia jurídica respecto a al vínculo entre hombres y animales, considera maltrato la no alimentación en cantidad y calidad suficiente, no brindar asistencia veterinaria en caso de enfermedad; abandonarlos en la vía pública; no cumplir con el plan de vacunación y desparasitación; azuzarlos para el trabajo mediante elementos que no sean de simple estímulo, que les provoquen castigo o sensación de dolor o heridas; hacerlos trabajar en jornadas de duración o de intensidad excesiva, o cuando se encuentren lesionados, o en mal estado físico.

A su vez, promueve sanciones en caso de que no le proporcionen a los animales que cumplan trabajos de tiro, deportivo o de carreras la debida atención alimentaría y de descanso; emplear animales en el tiro de vehículos cuando excedan sus fuerzas o no se encuentren en buen estado físico; aplicarle sustancias estimulantes cuando no sea a fines terapéuticos; no brindar un albergue adecuado y mantener atado o enjaulado en forma permanente a los animales domésticos.

Por otra parte, la iniciativa, en caso de prosperar penará la venta de animales en la vía pública, en ferias, mercados o locales no autorizados para tal fin; hacer reproducir animales con fines comerciales abusando de su capacidad física o cuando se encuentren enfermos, o heridos o en una edad avanzada y exponer animales en negocios de malas condiciones sanitarias también serán considerados actos punibles.

Por otro lado, serían considerados actos de crueldad practicar la vivisección con fines que no sean científicos, mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que lo sea para salvar su vida; efectuar intervenciones quirúrgicas que produzcan dolor sin anestesia y/o sin poseer título de médico veterinario; abandonar a los animales luego de haber sido sometidos a experimentación; causar la muerte por alevosía y/o ensañamiento; realizar actos públicos o privados de riñas de animales, robar a un animal para su posterior venta, con o sin fines lucrativos, entre otras acciones.

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