23 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Reflexiones sobre la credibilidad del sistema electoral federal

*El documento fue elaborado por el fiscal federal Jorge Di Lello, a propósito de los comicios del 25 de octubre y de una eventual segunda vuelta.

Frente a diversas inquietudes y propuestas efectuadas por distintos sectores de la oposición y la respuesta elaborada por el Gobierno de la Nación en orden a la prevención de fraude y transparencia para los comicios a celebrarse el 25 de octubre y eventual segunda vuelta en el mes de noviembre, esta Fiscalía Nacional Electoral entiende necesario efectuar las siguientes reflexiones:

La Nación Argentina ha adoptado para su gobierno la forma representativa, republicana y federal, a tal fin en su artículo 37 la carta magna establece que los representantes serán elegidos mediante el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia, estableciendo el sufragio universal, igual, secreto y obligatorio.

El Código Nacional Electoral establece el régimen del sufragio, designando autoridades de mesa, la participación de fiscales partidarios que controlen el escrutinio provisorio y el cómputo final, siguiendo el artículo 120 del referido cuerpo legal.

Hemos visto en estas últimas tandas electorales, tanto provinciales como nacionales, un recurrente e intenso cuestionamiento al mecanismo de telegramas y actas correspondientes al escrutinio de diversas mesas, y se ha intentado instalar (a veces por motivos fundados en gruesos errores, otras veces por reacciones acaloradas de quien va obteniendo un resultado adverso en los comicios y también, seguramente, por intenciones non sanctas de quienes tienen por objetivo la desacreditación del sistema electoral) toda una sensación de vulneración de la voluntad popular, mediante mecanismos irregulares de falseamiento sobre el contenido de las urnas.

Resulta ocioso señalar, por ser público y notorio, los ejemplos que hasta el presente se han producido en todas las elecciones que se han realizado durante este año. También, hemos visto en diversos distritos como Santa Fe y Salta, que el recuento material de los votos urna por urna ha eliminado in límine los mismos y Tucumán que también ha debido seguir el mismo camino.

Así, entiendo que este fenómeno de naturaleza estrictamente electoral tiende a convertirse en el “leit motiv” de la discusión política sobre el resultado y legitimación de los comicios a realizarse en el mes de octubre y, eventualmente, en doble vuelta.

En ese marco, este Ministerio Publico Fiscal entiende que la base del funcionamiento democrático de nuestro país, y la confianza de los ciudadanos en que su voto no sea malversado por diversos mecanismos, que resulta ocioso enumerar, reposa en la credibilidad que nuestro sistema electoral ofrece en orden a sus resultados.

Por ello, comparte las medidas propuestas por el Ministerio de Justicia a través de su Dirección Nacional Electoral y la Cámara Nacional Electoral, con el objeto de perfeccionar la transparencia de los comicios y sus respectivos escrutinios. También, valora los aportes que puedan realizarse por los distintos agrupamientos opositores en forma conjunta.

Sin embargo, pese a los inconvenientes que la sugerencia efectuada por esta Fiscalía podría generar desde el punto de vista operativo, este Ministerio Publico Fiscal se ve en la obligación de efectuar una recomendación a las autoridades judiciales y del Poder Ejecutivo y Legislativo.

Esta consiste, simplemente, en decidir la apertura de todas las urnas y el recuento de todos los votos contenidos en ellas. Tal decisión aparece como la única herramienta irrefutable para despejar toda duda en torno a las expresiones que insisten en la posibilidad de cometer fraude en las próximas elecciones.

Así, el efecto de tal decisión inexorablemente descartará toda hipótesis que suponga un resultado distinto a lo que la ciudadanía ha decidido.

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