24 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

La Corte aprobó por unanimidad la Ley de Protección de Glaciares

Finalmente y luego de varias apelaciones por parte de las empresas Barrick Gold, Minera Argentina Gold y de la provincia de San Juan, la Ley de Protección de Glaciares ha entrado en vigencia en la jornada de ayer, martes 4 de junio del corriente.

A partir de ello, lo que sigue es el debate sobre alrededor de 40 proyectos mineros que se están desarrollando en todo el país ya que la Ley prevé distintas restricciones y cuidados a la hora de explotar superficies y también en cuanto a los límites entre los diferentes tipos de suelos.

Los ministros que firmaron la aprobación de dicha ley, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, se basaron en los argumentos esgrimidos a lo largo del debate en el Congreso Nacional, en donde se puso énfasis en la necesidad de respetar la Carta Magna a la hora de defender un ambiente sano en vistas, también, de lo que acontece en el mundo entero en relación al cambio climático.

En cuanto a las empresas que estuvieron frenando la sanción y puesta en vigencia de la Ley, los ministros expresaron que «Barrick Gold y Minera Argentina Gold no habían demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera».

A su vez, agregaron que «la provincia de San Juan, que había adherido al planteo de las empresas para obtener la inconstitucionalidad de la ley, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio».

Además se habló acerca de la necesidad del cuidado de nuestros recursos naturales, haciendo énfasis en el agua que, aunque abunda en esta parte del globo, lo cierto es que en el resto del planeta hay serios problemas con el acceso al agua potable y es cada vez más problemático para poblaciones que siguen creciendo y un recurso vital al que no le estamos brindando la protección necesaria para asegurar un futuro sustentable.

Por su parte, el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco también rechazaron los pedidos de los demandantes y centraron sus votos en la falta de prueba respecto de la afectación que alegaban. «Las concesionarias no han probado actividad administrativa alguna de parte de las autoridades nacionales que afecte de un modo suficientemente directo un interés legítimo suyo. Por el contrario, nada parece perturbar, de acuerdo al relato de las actoras, el normal funcionamiento de su actividad minera. Tampoco han demostrado que la mera vigencia de la ley de glaciares genere una situación de incertidumbre que afecte al ejercicio de sus derechos. Idénticas conclusiones, aunque por razones parcialmente diversas, cabe arribar en lo que concierne a la configuración de un caso controversia entre el Estado Nacional y la provincia de San Juan», indicó Rosenkrantz.

A pesar de la contundencia en la defensa de la Ley, la empresa Barrick Gold apelará el fallo de la Corte, probablemente alegando que la misma no puede ser retroactiva.

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