28 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Se estipuló la creación de la sociedad del Estado que gestionará la aeronavegación

La Cámara de Diputados sancionó en ley el proyecto en revisión que estipula la creación de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado bajo la órbita de los ministerios de Interior y Transporte y de Defensa. A su vez, estará facultada para habilitar la prestación de servicios a otros Estados. La normativa también define la aeoronavegación como un servicio público esencial.

La iniciativa, que fue aprobada con 132 votos (contra 62 negativos), crea a EANA, la entidad encargada de la gestión del tránsito aéreo, servicios de información aeronáutica, comunicaciones aeronáuticas, navegación y vigilancia, búsqueda y salvamento y del servicio meteorológico para la navegación aérea.

Desde el oficialismo señalaron que el objetivo de la norma es brindar una solución jurídica apta para el desempeño de la labor del sector. Hicieron foco en que no se crea una sociedad anónima, sino sociedad del Estado, en contraste con las políticas de los años ‘90 cuando las sociedades del Estado fueron transformadas mediante leyes en sociedades anónimas.

El articulado establece que “la actividad que se despliega en el marco del Servicio Público de Navegación Aérea deberá garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea”.

Asimismo, la flamante normativa determina que EANA S.E. deberá “promover la innovación tecnológica, capacitar y/o facilitar la capacitación y profesionalización del personal conforme a los estándares internacionales, asegurar el compromiso ambiental, garantizar la representación de la comunidad aeronáutica, gestionar con eficacia y eficiencia, establecer un sistema de gestión de la seguridad operacional”.

También tendrá que “crear y dar cumplimiento a un plan de negocios que equilibre la seguridad operacional con la productividad y el respeto del derecho de los trabajadores, alcanzar un liderazgo en la región, lograr el autofinanciamiento y revertir en dicha actividad las ganancias que se obtengan”.

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