18 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Segundo intento: El Senado tratará el proyecto de ley sobre el Blanqueo Laboral

Las comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Presupuesto y Hacienda se reunirán este martes 09/04 para comenzar a analizar el proyecto de ley del oficialismo que prevé la regularización del empleo no registrado. Se espera que referentes de la CGT se presenten al encuentro para brindar aportes a la iniciativa.

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El Gobierno envió al Congreso de la Nación el proyecto de blanqueo laboral que venía discutiendo con la CGT y las entidades empresarias. Sin embargo, el envío no fue de parte del Poder Ejecutivo, sino que fue presentado por el senador de Cambiemos, Roberto Basualdo.

La lectura que realizaron algunos sindicalistas y empresarios es que lo hicieron de esa manera para evitar pagar nuevamente el costo político si es que la iniciativa no avanza durante el año electoral. Aunque desde el Gobierno aseguraron que se buscó agilizar el envío del proyecto.

La iniciativa fue elaborada por el ministerio de Producción y Trabajo y la CGT, desde el fracaso del proyecto de Reforma Laboral, que había causado un fuerte rechazo de las centrales sindicales.

El proyecto titulado “Regularizacion del empleo no registrado, lucha contra la evasión en la seguridad social y registración laboral” consta de 21 artículos y, entre sus fundamentos, se propone “enfrentar el recurrente problema socio laboral de la clandestinidad de las relaciones de empleo para lo cual se prevé una oportunidad a los fines de permitir la regularización de toda situación de falta de registración de contratos de trabajo o de registración insuficiente o incorrecta, otorgando un plazo de 365 días, así como estímulos adicionales dirigidos a los empleadores que se encuentran en tales situaciones”.

En la Argentina, un 35% de los trabajadores se encuentra en la informalidad. Esto significa que 1 de cada 3 de ellos no cuenta con cobertura de Seguridad Social ni de salud. No tiene un salario de convenio ni asegurados sus derechos. Este nivel de informalidad genera además, un menor financiamiento al sistema de Seguridad Social, que afronta la cobertura de las jubilaciones”, destacó el Ministerio de Producción y Trabajo.

Los datos más importantes del proyecto son:

Los empleadores que regularicen a sus trabajadores en el plazo de un año desde la reglamentación de la ley tendrán una condenación de las deudas de aportes y contribuciones; extinción de acción penal, multas, exención de capital e intereses adeudados en materia de seguridad social y la baja en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

Los trabajadores incluidos en la regularización prevista en el régimen tendrán derecho a computar hasta 60 meses (5 años) de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por las que se los regularice. Estos meses serán calculados sobre un monto mensual equivalente al promedio del salario básico inicial del convenio colectivo de trabajo del que se trate, establece el inciso d del artículo 2° del proyecto. El promedio de informalidad, dijeron en el Gobierno, alcanza a 3 años y medio.

“El beneficio para el trabajador es que pasa a tener un empleo formalcon cobertura de seguridad social y de salud; será sujeto de crédito y podrá aspirar a salarios más altos”, afirmó la cartera que dirige Dante Sica.

Por otro lado, el artículo 11° prevé que los empleadores que contraten nuevos trabajadores en el plazo de un año desde la reglamentación también gozarán de la exención de las contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional (SIPA) durante dos años desde la registración. Quedan afuera los aportes al PAMI, obras sociales y las ART.

“Esto representa un descuento de 55% de las contribuciones y es un tercio del total de los aportes y contribuciones, que va a permitir reducir la presión tributaria sobre muchas empresas y favorecer la generación de nuevos puestos de trabajo”, señaló Producción.

El proyecto establece la base de cálculo de las multas al empleador previstas por la Ley 24.013, ante la existencia de una relación no registrada. «De esta manera, en el 70% de los casos, las multas van a ser más altas, por lo que “se castiga con mayor severidad la informalidad”, planteó el Gobierno.

Se establece el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) como unidad de medida para que la determinación de la multa sea más sencilla de calcular, unívoca y no existe la necesidad de dirimirla en la justicia.

“Esta aclaración -afirmó Producción- brinda previsibilidad y aumenta las multas para aquellos empleadores que tengan contratados de manera informal a trabajadores del rango de salarios más bajos, que son aquellos que más comúnmente tienden a ser afectados por la informalidad”.

En todos los sueldos menores a la suma de dos salarios mínimos (hoy $ 23.800), la multa con el cálculo propuesto, en caso de existir una relación laboral informal, va a ser más alta que la actual y será más fácil y rápida de determinar.

En la CGT consideraron que con este proyecto los derechos de los trabajadores están suficientemente resguardados y que no hay ningún punto que pueda generar rechazo. Pero en la UIA recibieron el capítulo que hace referencia a la lucha contra la litigiosidad con algo de preocupación, ya que consideran que en muchos casos puede haber reclamos de los trabajadores sobre “registración deficiente” cuestionables que harán que las empresas tengan que pagar por eso el doble de la indemnización, por ejemplo en el caso de un despido sin causa.

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