19 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Senadores impulsan con amplio consenso la implementación de juicios en ausencia

A través de una conferencia de prensa, los principales referentes del oficialismo y de la oposición presentaron el proyecto.

En una conferencia de prensa conjunta, senadores del oficialismo y la oposición presentaron hoy un proyecto de ley consensuado para establecer los juicios en ausencia, con el objetivo de dotar a la Justicia de una herramienta que permita avanzar en causas como la que investiga el atentado a la AMIA.

El encuentro se llevó a cabo esta tarde en el Salón Illia del Senado y fue convocado por el jefe del interbloque de Cambiemos, el radical Ángel Rozas, y su par del Frente para la Victoria, Miguel Angel Pichetto. Participaron junto a ellos, los senadores Jaime Linares, jefe del bloque GEN; Silvia Elías de Pérez (UCR – Cambiemos); Julio Cobos (UCR – Cambiemos); Pedro Guastavino (FPV); Rodolfo Urtubey (FPV); Alfredo Martínez (UCR), y el titular de la Unidad Especial de Investigación del Atentado a la AMIA, a cargo del radical Mario Cimadevilla.

Ante la prensa, Rozas destacó que “este proyecto da solución jurídica a las víctimas y familiares de aquellos delitos que atentan contra los derechos humanos y garantiza el debido proceso jurídico”.

Asimismo sostuvo que la iniciativa “no es exclusiva para tratar el tema AMIA, pero no debemos desconocer que será el disparador de una causa que lleva 20 años sin resolución”.

En tanto, Pichetto marcó que “este instrumento nos permitirá el debate a través de una presentación multipartidaria con una visión plural en la búsqueda de una solución de justicia y de un reclamo que la sociedad hace desde hace mucho tiempo”.

A su turno, el jefe del bloque GEN, Jaime Linares sostuvo que “es una buena herramienta de debate y nosotros estamos convencidos de que es un trabajo importante, serio y con mucho sustento para colaborar con el tema de la AMIA y muchos otros”.

La iniciativa tomó como base las propuestas hechas por la Unidad Especial de Investigación del Atentado a la AMIA, a cargo del radical Cimadevilla, quien consensuó el proyecto con todos los bloques del Senado, entendimiento que contó también con la aceptación del Gobierno.

En efecto, el proyecto fue presentado formalmente por el senador del PJ-FPV Mario País y lleva las firmas de varios integrantes de ese bloque así como la del presidente provisional de la Cámara, Federico Pinedo, y otros legisladores de Cambiemos.

SOBRE EL PROYECTO

Se trata de una modificación del Código Procesal Penal que introduce un nuevo capítulo en el que se establece que «en los procesos en que se hubiese declarado la rebeldía de un imputado, a requerimiento del fiscal, en consulta con su superior jerárquico inmediato, el juez dispondrá la continuación del proceso en ausencia del imputado rebelde».
El juicio en ausencia podrá ser solicitado, según el proyecto, cuando hayan transcurrido «más de seis meses desde la declaración de rebeldía» de los imputados, cuando se hayan «extremado las medidas para obtener su comparecencia» ante el tribunal y cuando «se hubiere librado la orden de captura nacional y/o internacional».

Los delitos contemplados para este procedimiento son todos los que figuran en los tratados y convenciones internacionales considerados imprescriptibles como el genocidio, la tortura, la desaparición forzada de personas, crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El proyecto también señala el juez podrá disponer la continuación del proceso en ausencia del «imputado rebelde» cuando un pedido de extradición formulado por la Argentina «fuese denegado o no tuviere respuesta en el plazo establecido y el Poder Ejecutivo no admita el juzgamiento en aquel país».

Respecto del derecho a la defensa, la iniciativa señala que «si el rebelde no tuviese designado defensor, el juez designará un defensor oficial para que lo represente y garantice su derecho a la defensa», aunque indica que el imputado podrá designar a un abogado «en cualquier instancia del proceso y aún cuando permanezca en rebeldía».

Además, se establece que «el juicio en ausencia deberá ser filmado», que «la autenticidad de la versión registrada deberá ser certificada y su inalterabilidad asegurada» y que si el imputado resulta condenado, el registro fílmico se resguardará «durante 100 años».

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