23 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Tras el fallo de la Corte Suprema, CKF, pegó duro: «Los golpes contra las instituciones ya no son como antaño»

A poco de darse a conocer el fallo de la Corte Suprema donde avala el planteo del Ejecutivo porteño contra el DNU que suspendió las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y reivindicó la «autonomía» del distrito, la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner se pronunció en las redes sociales destacando que se trata de un “golpe a las Instrucciones”.

“Ante este escenario, digo yo… para poder gobernar ¿No será mejor presentarse a concursar por un cargo de Juez al Consejo de la Magistratura o que un Presidente te proponga para Ministro de la Corte?”, se preguntó.

En su hilo, CFK, sostuvo que tras la decisión del máximo eslabón de la Justicia ahora “Te van a poder aumentar el cable, internet y el celular, cuanto, como y cuando se les dé la gana. Como verás, el Poder Judicial es también tu problema”.

La actual presidenta del Senado fue contundente: “Sinceramente, está muy claro que los golpes contra las instituciones democráticas elegidas por el voto popular, ya no son como antaño”.

“Hoy, la Corte acaba de decidir, en plena pandemia decretada por la OMS, emergencia sanitaria sancionada por el Congreso de la Nación y con más de 65.000 muertos en la Argentina, que el Poder Ejecutivo Nacional no tiene competencias para tomar medidas sanitarias”, analizó Cristina.

Sobre el cierre destacó que “Créase o no, en esa resolución se hacía lugar a una acción de… ¡Habeas Corpus contra el Congreso de la Nación, intimándolo para que en 15 días sancione leyes! Ignorando no sólo la división de poderes, sino peor aún: ignorando lo que es un Habeas Corpus”.

El Fallo de la Corte

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) en la demanda contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 241/2021 que, como una de las medidas sanitarias para mitigar la expansión de la segunda ola de coronavirus, determinó la suspensión de las clases presenciales en el AMBA.

En su resolución, el máximo tribunal concluyó que “se violó la autonomía” de la Ciudad en el artículo 2 del DNU 241/2021, cuya vigencia finalizó el viernes último pero cuyo objeto fue prorrogado con otra norma, el DNU 287/2021, que dispuso que en las zonas bajo «alerta epidemiológica y sanitaria» por la pandemia de coronavirus, las clases sean dictadas «exclusivamente a distancia» en todos los niveles educativos hasta el próximo 21 de mayo.

Los argumentos

En el marco del proceso «sumarísimo», el Ejecutivo porteño, encabezado por Horacio Rodríguez Larreta, sostuvo que los informes acompañados a la causa por el Estado Nacional no se refieren específicamente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sino a la extensión geográfica del «AMBA» que, si bien la abarca, «no debe ser contemplada de manera genérica debido a que la situación epidemiológica difiere en las distintas realidades que la comprenden».

La Corte recordó que, «a partir de la Reforma del año 1994, la Ciudad de Buenos Aires adquirió el status constitucional que se expresó en el nuevo artículo 129, según el cual «tendrá un régimen de Gobierno autónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción».

Agregó que «los tribunales, y particularmente esta Corte, son los encargados de velar porque las atribuciones asignadas a cada autoridad no sean entendidas de manera tan extensa que se vacíe el carácter federativo de la Constitución».

El máximo tribunal destacó que, al definir la competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Constitución «no surge ningún obstáculo» para «decida sobre la modalidad presencial o virtual en que corresponda llevar a cabo la educación en su territorio».

Remarcó que «las normas adoptadas por las autoridades nacionales no solo no deben contradecir a la Constitución ni a los tratados internacionales sino tampoco invadir el ámbito competencial de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».

Según la sentencia, «la falta de justificación suficiente para ejercer una competencia sanitaria que alcance a suspender la modalidad presencial de la educación en la Ciudad deja al descubierto que, en este caso, el Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena».

 

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