Icono del sitio NCN

Derecho a la privacidad y delitos cibernéticos

El legislador porteño por Vamos Juntos Claudio Romero coincidió con el representante de las Organización de las Naciones Unidas (ONU) Joseph A. Cannataci en la necesidad de abordar “seriamente” la influencia de los mensajes a través de Internet en niños y adolescentes, y verificar la vigencia de los Derechos Humanos de Tercera Generación.
Cannataci, relator especial sobre el Derecho a la Privacidad de la Oficina de Derechos Humanos de la ONU, destacó “la vulnerabilidad a la que están expuestos los niños en el uso de Internet” y advirtió que “el impacto de un mensaje por Internet se verifica en las primeras 48 horas”. Se inclinó particularmente por “instalar que la privacidad es cool”, tanto como se considera cool a la exposición excesiva y descuidada en las redes sociales.
A su vez el diputado Romero manifestó su preocupación por los casos de ciberbullyng que ya denunció públicamente, y anunció su disposición para iniciar un proceso de “atención especial” a los fenómenos que producen las nuevas herramientas tecnológicas y su incidencia en la salud y la mentalidad de un sector tan vulnerable como el que incluye a niños y adolescentes.
Tales expresiones fueron vertidas durante un encuentro realizado en el Feir´s Park Hotel, del que participaron Romero, Cannataci y la Subsecretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del gobierno porteño.

Tras ese contacto de particular importancia para su trabajo legislativo, Romero se refirió a la urgencia que requiere la atención de los Derechos Humanos de Tercera Generación, dentro de los cuales el “derecho a la protección de los datos personales” aceptado institucionalmente en el mundo, se aboca a las transformaciones producidas por la informatización de la sociedad y los peligros asociados a eventuales abusos de datos recopilados y mensajes dirigidos.
En 1990 las Naciones Unidas aprobaron los Principios Rectores para la Reglamentación de los Ficheros Computadorizados de Datos Personales en los siguientes términos: “1.- Principio de la licitud y la lealtad. Las informaciones relativas a personas no se deberían recoger ni elaborar con procedimientos desleales o ilícitos, ni utilizarse con fines contrarios a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”.
De este modo Romero, Malewicz y Romero sugirieron colocarse “delante de los problemas”, entre los que incluyen efectos como el suicidio, el ciberbullyng entre menores, la pornografía infantil, el nuevo fenómeno de los youtubers como referencia para niños y adolescentes, el uso exagerado de la comunicación cibernética en niños que aún no saben leer ni escribir, entre otros.

Salir de la versión móvil