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Nuevo proyecto de ley de libertad religiosa

Desde la Subsecretaría de Culto se está trabajando en un proyecto de ley que contempla el concepto de «acomodación razonable» en su artículo 9, enfocado mayormente en la población musulmana de nuestro país.

La idea es que los empleadores se adapten de manera razonable a las prácticas religiosas de los trabajadores. Lo mismo se va a solicitar a las instituciones educativas de gestión estatal para con sus alumnos.

«En el caso de los musulmanes, hay que recordar que las oraciones se deben llevar adelante 5 veces por día, por lo que seguramente 3 de ellas se den en el ámbito laboral. En este sentido es que es razonable que en las empresas exista un ámbito apropiado para rezar con las especificaciones propias de cada religion, en el caso de los musulmanes, orientado hacia La Meca, sin imágenes, entre otras normas. En el aeropuerto de Ezeiza existe este espacio», dice Alfredo Abriani, director de la Subsecretaría de Culto. «Lo mismo con la comida, con una dinámica parecida a la de las compañías aéreas que ofrecen menú kosher o halal, entre otros».

Lo que ya se mantiene vigente es:

En el decreto 1584/2010, el artículo 7 dice: Establécense como días no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha). Y en el artículo 8, «los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas indicadas en los artículos 6º y 7º de la presente medida, devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio.

 

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