29 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Apuran el tratamiento del programa «Compre sin IVA»

Para este miércoles fue convocada la Comisión de Presupuesto y Hacienda que preside Ricardo Guerra para tratar uno de los proyectos clave que impulsó el ministro de Economía y candidato a Presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa. Se trata del proyecto que crea el Programa “Compre sin IVA”, el cual tuvo media sanción en la Cámara baja con 134 votos a favor, ninguno en contra y 107 abstenciones.

De esta manera, para su tratamiento en comisión, los senadores fueron convocados para las 16 en el Salón Illia del Palacio Legislativo, con la intención de darle dictamen para darle un rápido tratamiento en el recinto y convertirlo en ley.

Cabe recordar que a través de la iniciativa se crea un sistema de devolución del IVA, destinado a reducir la carga tributaria que recae, fundamentalmente, sobre los bienes de la Canasta Básica Alimentaria. Los alcanzados serán jubilados y pensionados, nacionales o de cajas provinciales no transferidos a la Nación, cuyo ingreso no exceda los seis haberes mínimos; beneficiarios de AUH y asignación por embarazo; trabajadores, en sector público o privado, cuyo ingreso mensual no supere los seis SMVM. También los/as trabajadores/as de casas particulares, monotributistas y quienes realicen compras con la “Tarjeta Alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarios de programas como el “Potenciar Trabajo”.

Quedarán excluidos quienes perciban otros ingresos gravados por el impuesto a las Ganancias y quienes estén inscriptos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.

El reintegro mensual no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes. Contenido en el monto de las operaciones de compra de bienes muebles, excepto las correspondientes a compras de combustibles líquidos, el reintegro del IVA se hará a partir de las compras con tarjetas de débito, así como también aquellas que se hagan con pago electrónico a través de QR.

Cuando se trate de pagos mediante la utilización de tarjetas de crédito, dicha acreditación será efectuada e identificada por las entidades emisoras en el resumen del mes siguiente.

Por su parte, la AFIP “establecerá los mecanismos operativos necesarios para la instrumentación de la presente ley, y podrá condicionar el goce del beneficio en función de los ingresos, patrimonio u otros parámetros vinculados a la capacidad contributiva del beneficiario o de la beneficiaria y/o su grupo familiar”. E invita a “las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir a estas políticas destinadas a impulsar el consumo y mejorar la capacidad de compra de los sectores más vulnerables”.