26 de abril de 2024

NCN

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Causa Vialidad| ¿Qué sucederá con CFK tras los fundamentos del fallo? ¿Esta proscripta o no? ¿Será candidata?

Finalmente llegó la fecha en al que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2, presidido por Jorge Gorini e integrado también por sus colegas Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, presentarán los fundamentos del fallo por el que condenaron a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos por la causa de la obra pública en Santa Cruz.

A partir de allí el proceso judicial tomará nuevos rumbos. Por lo pronto, independientemente de lo que se exprese, tal como informó NCN tanto la defensa de CFK, a cargo del abogado Carlos Beraldi, como el fiscal Diego Luciani adelantaron que van a apelar. La defensa pedirá la absolución, como hizo en el juicio, y el fiscal que todos los acusados sean condenados y que se aplique el delito de asociación, también como planteó en el proceso.

Según el Código Procesal Penal de la Nación, desde el momento en que se notifica la sentencia, hay un plazo de 10 días hábiles para interponer el recurso de casación. El Tribunal Oral tiene 3 días para resolver si concede el recurso. En caso de hacerlo, hay otros 3 días, que se cuentan a partir del momento en el que el recurso llega a Casación, para que las partes se presenten ante este tribunal a mantener el recurso. Y luego, otros 10 días para que los interesados examinen el expediente. En resumen, con todos estos plazos cumplidos ya llegamos a mediados de abril.

En este punto, el presidente de la Sala, debe fijar una audiencia, pero el Código no establece en qué fecha debe realizarse ese debate oral. Tras la audiencia, el Código sostiene que la Sala tiene 20 días para resolver. Sin embargo, ese plazo no es perentorio, sino ordenatorio, es decir que no es de cumplimiento obligatorio y, en casos complejos, como el actual, suele ser mucho más prolongado. A todo esto, hay que sumarle los tiempos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no tiene ningún tipo de plazos para resolver un recurso extraordinario federal.

Hasta acá la única certeza es que la sentencia no quedará firme en el corto plazo. ¿Cuándo? Complejo saberlo, en este sentido la Doctora en Derecho Natalia Volosin, de la Universidad de Yale sostiene que “lo cierto es que nunca antes de las elecciones presidenciales de este año. No hay prácticamente ninguna posibilidad de que la condena de “Vialidad” quede firme este año. Si quisiera y el pueblo la acompañara, Cristina Fernández podría ser candidata a presidenta, ganar y asumir el cargo”.

¿Proscripción es igual a inhabilitación perpetua?

La candidatura de Cristina Fernández sigue siendo un tema de incertidumbre en el mundo de la Política. A tal punto que el acto en el que se espera su presencia, el próximo sábado 11/3, en Avellaneda, La Cámpora y otras agrupaciones oficialistas anunciarán la lucha por el fin de la “proscripción”, y pedirán por la candidatura de su máximo referente con la histórica consigna “Luche y Vuelve”.

Pese a que la propia protagonista fue contundente en Diciembre (post anuncio de su condena) al expresar que ““El 10 de diciembre del 2023 no voy a tener más fueros, así van a poder dar la orden de que me metan presa. Sí, presa, pero nunca una mascota. No voy a ser candidata a nada, ni a presidenta, ni a senadora, mi nombre no va a estar en ninguna boleta”, las dudas y un “giro sorpresa” en la trama sigue latente.

Ante este escenario, la palabra “proscripción” apareció en el léxico de propios y extraños. ¿Pero qué tan acertado es el término?

En este aspecto, la Doctora Volosin explica que la Ley 23.298 de Partidos Políticos enumera un listado de grupos que no pueden ser candidatos a cargos electivos. Entre ellos, señala a “los excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes”. El criterio para excluir personas del padrón electoral está fijado en el Código Nacional Electoral, que excluye a los “condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad” mientras dure la condena.

Por otro lado, el Código Penal de la Nación habilita, al momento de dictar sentencia, a imponer la inhabilitación absoluta (privación de empleo o cargo público, del derecho electoral y suspensión del goce de jubilaciones), que puede transformarse en perpetua “cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho” para la comisión del delito.

“Es una pena accesoria (o sea, depende de que se aplique la de prisión) dispuesta expresamente como consecuencia de cualquier condena por el delito de fraude contra la administración pública. No es una opción. Es la pena que corresponde. Pretender que no se aplique sería como sugerir que la condenen sin pena de prisión” afirmó Volosin.

Otros casos similares

Repando la historia reciente, en situación similar a la Vicepresidenta de la Nación, aparece Amado Boudou, quien fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 en agosto de 2018. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena en julio de 2019, 11 meses después. Y la Corte Suprema confirmó la condena un año y medio después, en diciembre de 2020. Se trata de un plazo corto, si se compara con expedientes complejos: en la causa por la llamada Tragedia de Once, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 dictó sentencia en diciembre de 2015 y la Sala II de la Cámara de Casación confirmó las condenas en mayo de 2018, 2 años y medio después. Y la confirmación de la Corte llegó en septiembre de 2020, a casi 5 años de la primera condena.

En noviembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 sobreseyó a la Vicepresidenta en la causa Hotesur. A casi 15 meses, la Cámara Federal de Casación Penal aún no resolvió el caso. Fernández de Kirchner también fue sobreseída en la causa dólar futuro. En este caso se trató de una resolución de la Cámara Federal de Casación Penal. La causa está en la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde junio de 2021, aún sin resolución.

También la Cámara Federal de Casación Penal tiene pendiente de resolución el sobreseimiento de la Vicepresidenta en la causa por el Memorándum de Entendimiento con Irán. La causa también lleva más de un año en manos del tribunal.

Por lo tanto, es falso que Cristina Fernández de Kirchner esté proscripta. La condena contra la vicepresidenta no se encuentra firme y puede ser apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no tienen plazos estrictos para resolver. De esta manera, la inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos, una de las decisiones que dictó el tribunal que la condenó, aún no rige y Fernández de Kirchner hoy puede ser candidata.