26 de abril de 2024

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Dólar Futuro| Rechazan un recurso para que se reabra la causa y ratifican sobreseimiento definitivo de Cristina Kirchner

La Cámara Federal de Casación Penal declaró hoy inadmisible al recurso extraordinario interpuesto por el fiscal Raúl Pleé para revertir los sobreseimientos de los acusados en la causa conocida como Dólar Futuro, reabrir el expediente y llevar el caso a un juicio oral y público.

La decisión de la sala primera del máximo tribunal penal ratifica los sobreseimientos de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, del gobernador bonaerense, Axel Kicillof; y del resto de los acusados en expediente en el que se investigan supuestas irregularidades en la compra-venta de dólar futuro.

“La parte recurrente ha basado su impugnación en la reedición de agravios que han tenido adecuada respuesta y que consisten en meros juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal que invoca”, sostuvieron los jueces.

Vale recordar que en abril de 2021 Casación consideró que no había delito por parte de las personas imputadas y dictó los sobreseimientos de la Vicepresidenta y otros, y este miércoles se confirmó ese fallo, informó Vanesa Petrillo.

Pero los jueces ratificaron los sobreseimientos de Cristina Kirchner y de Axel Kicillof, además del extitular del Banco Central (BCRA), Alejandro Vanoli, y al actual titular de la entidad, Miguel Pesce, entre otros.

Los jueces Ana María Figueroa, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone sostuvieron que «el impugnante no ha introducido argumentos novedosos que puedan conmover los fundamentos desarrollados por esta Sala, que permitan la habilitación de la instancia extraordinaria», por lo que a la fiscalía ahora sólo le queda el intento de ir en queja a la Corte Suprema.

El 13 de abril pasado los jueces de la sala I del máximo tribunal penal sobreseyeron a todos los acusados del caso porque entendieron que la conducta reprochada a los imputados es atípica, por lo que debían ser sobreseídos por «inexistencia de delito».

El eje del fallo compuesto de dos votos (uno de los jueces Barroetaveña y Petrone y otro de Figueroa) pasó por el informe pericial contable realizado por orden del Tribunal Oral Federal (TOF) 1 que determinó que en la operatoria de contratos de dólar futuro durante el final del gobierno de Fernández de Kirchner no hubo perjuicio a las arcas del Estado ni se violó ninguna norma.

Se trató de una medida de prueba que el fallecido juez Claudio Bonadio no quiso hacer durante toda la instrucción del caso.

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