25 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El gobernador de Santiago del Estero confirmó que las elecciones legislativas no se suspendieron

El gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, explicó que la medida cautelar del máximo tribunal de la Nación sólo deja en suspenso la elección de gobernador y vice.

De esta manera,  el domingo se elegirán diputados y senadores nacionales, diputados provinciales, y comisionados municipales para 140 localidades de la provincia.

«El domingo no hay elección para gobernador y vice, sí para el resto de los cargos. La medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia suspende la elección de gobernador y vice, pero no la de diputados nacionales y provinciales, senadores nacionales y comisionados municipales», dijo Zamora a radio Vorterix.

En cuanto a la elección de un nuevo gobernador, aclaró que cuando la Corte resuelva el fondo del asunto, los siete partidos que iban a competir el domingo por la gobernación de la provincia, elegirán una nueva fecha.

Zamora manifestó no estar «atornillado» a ningún cargo y en caso de que la Corte resuelva que no puede presentarse como candidato para un nuevo mandato, su espacio político irá a las elecciones «con otro candidato».

La suspensión de la elección surge a partir de una denuncia de la Unión Cívica Radical (UCR) que hacia mención a una irregularidad en la candidatura de Zamora ya que no estaba habilitado por la Constitución de la provincia para presentarse a una nueva reelección.

El artículo 152 de la Constitución modificada durante la gobernación de Zamora expresa que el jefe provincial y el vice «podrán ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período únicamente», y la cláusula transitoria sexta indica que «el mandato del gobernador de la provincia en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma deberá ser considerado primer período».

La Corte señaló que la Constitución de Santiago del Estero debía ser interpretada en el sentido más obvio del entendimiento común y recordó que el artículo 152 establece la regla de una sola reelección consecutiva.

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