27 de abril de 2024

NCN

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Lengua de Señas Argentina: las claves del Proyecto que discutirá Diputados (video)

El próximo jueves 24/11 la Cámara de Diputados sesionará con temario consensuado, una de los últimos debates antes del cierre del año. Entre los diferentes Proyectos que se discutirán en el recinto aparece el vinculado con la Lengua de Señas Argentina (LSA) y su reconocimiento como una lengua natural y originaria en todo el territorio de la Nación Argentina.

En NCN repasaremos los puntos principales de un Proyecto que conlleva el apoyo de la Confederación Argentina de Sordos (CAS) y más de 53 asociaciones e instituciones de personas sordas.

La Confederación hace más de 15 años que viene luchando por el reconocimiento legal de la LSA a nivel nacional, incluso lleva adelante además una campaña de recolección de firmas que lleva reunidas 120 mil adhesiones (www.change.org/LeyLSA), en la que advierten que, «desde hace décadas, miles de niñas y niños sordos e hipoacúsicos continúan sin lograr una fluidez nativa y un dominio completo de al menos un idioma natural, siendo perjudicados en su posterior desarrollo personal e inserción social».

 

La iniciativa busca, en primer orden, “reconocer de manera oficial a la LSA como una lengua natural, originaria y que forma parte del patrimonio lingüístico y cultural de la comunidad sorda”.

En segundo lugar, “respetar, fomentar e impulsar el acceso y el uso de la LSA de todas las personas que elijan comunicarse en dicha lengua para tener una accesibilidad efectiva y plena a la sociedad”.

Un tercer eje propone “entender que la LSA es una lengua natural que se transmite en la modalidad visoespacial, con una estructura gramatical completa, compleja, distinta al español, y completamente accesible desde el punto de vista sensorial para que las personas sordas puedan comunicarse, transmitir sus deseos e intereses, informarse, defender sus derechos y construir una identidad lingüística y cultural positiva que les permita participar plenamente en todos los aspectos de la vida social”.

El cuarto de los ejes habla de que se definan “como organismos legítimos de consulta a las organizaciones de personas sordas que representan de manera genuina a la comunidad sorda de todas las provincias”. Y el quinto, que se garantice “el acceso a la LSA en servicios públicos y privados vinculados a la vida cotidiana en sociedad de todas las personas que utilicen dicha lengua para comunicarse”.

El sexto de los puntos esenciales plantea “que la enseñanza de la LSA sea realizada por personas calificadas, reconocidas por los organismos legítimos de consulta, que preferentemente sean personas sordas”.

Finalmete se busca “que los establecimientos de educación, ya sean públicos o privados, garanticen el acceso pleno a todos los contenidos del currículo común. Asimismo, que se respete el derecho de las personas que forman parte de la comunidad sorda argentina a una educación bilingüe e intercultural, en la que la LSA es la primera lengua y el español escrito la segunda lengua”.

El último censo nacional (2010) reveló que en el país “hay 945.168 hogares con al menos una persona con dificultad o limitación auditiva permanente, no existiendo datos que determinen cuántas de ellas usan la lengua de señas argentina como primera lengua”.

Además, que “el 86 por ciento de las personas sordas asiste o asistió a escuelas donde no pueden o no pudieron comunicarse con sus docentes”. La gran mayoría pasó por la escuela primaria: un 43 por ciento la completó y un 33 aún está pendiente de concluir este nivel; el 14 por ciento alcanzó a terminar el nivel secundario y un 10 alcanzó el nivel terciario.

Desde la CAS marcan que “el acceso a la información y a la comunicación sigue siendo una deuda pendiente del Estado argentino frente a este colectivo”. También que las iniciativas asumidas para cumplir con este derecho no han alcanzado o han sido hasta inapropiadas debido a la falta de trabajo conjunto con personas sordas referentes de su comunidad.

“La falta de comunicación, de información y de educación se transforman en barreras para conseguir trabajo”, alertan desde la confederación. Una definición que en lo cotidiano se traduce en esta realidad: “El 58.4 por ciento de las personas sordas en edad laboral se encuentra inactiva y el 39.9 por ciento tiene un trabajo por lo general precarizado, lo que limita su independencia económica aún en condiciones de empleo”.

La CAS recuerda que la Constitución Nacional consagra en su artículo 16 la igualdad ante la ley de todos los habitantes de la Nación. Por tanto, privar a las personas sordas de “su lengua natural, del acceso a la información, a la educación y al trabajo digno nos coloca en un lugar de desprestigio y de exclusión social”. Además de manifestar que “la mirada médica sobre la comunidad sorda no nos permite participar plenamente como ciudadanos argentinos”.

Entre otras normas que establecen el derecho a educarse de todas las personas, la ley de educación nacional 26.206 reconoce a la educación y el conocimiento como “un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”. Sostiene que, entre otros fines de la política educación nacional, están los de “garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad”.

La ley nacional, sancionada en 2006 y que rige para todo el país, tiene también un capítulo dedicado a las políticas de promoción de la igualdad educativa, donde se establece que deberán “asegurar las condiciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la integración y el logro educativo” de las infancias, jóvenes y adultos en todos los niveles y modalidades, principalmente los obligatorios.