14 de mayo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Luenzo promueve debate alrededor del autocultivo de cannabis medicinal: «No podemos ocultarlo mediante mirada de prejuicio»

El senador nacional Alfredo Luenzo de Chubut Somos Todos, acompañó el proyecto de Ley que propone el autocultivo del Cannabis Medicinal. Según expresa la iniciativa presentada por la senadora nacional Silvina García Larraburu, tras la sanción de la Ley para el uso del aceite del Cannabis con fines terapéuticos, «quedó de manifiesto no sólo la necesidad de procurar un derecho a la salud que los argentinos tenían proscriptos sino también la necesidad de garantizar su plena operatividad».

El senador Luenzo se había manifestado favorablemente en relación al autocultivo cuando defendió y votó afirmativamente en el Senado la Ley que autoriza el uso del aceite de Cannabis con fines medicinales. Para el legislador chubutense «no podemos ocultar bajo una mirada de prejuicio el tema del autocultivo, porque es desconocer algo que ya está ocurriendo en la realidad. Se dio un primer paso y urgente, que era habilitar el aceite de Cannabis, pero tenemos que pasar a la etapa del autocultivo», aseguró.

El proyecto señala que «en la actualidad son innumerables los casos de personas que hacen uso medicinal del Cannabis, por lo que proceden a abastecer su propio consumo mediante el cultivo de sus propias plantas de Cannabis. Tal forma de provisión «el autocultivo medicinal» es una actividad que realizan a fin de evitar acudir al mercado ilegal para proveerse de su medicina y tener un control de la calidad del producto que consumen a tales fines (sin las suciedades, aditamentos e impurezas propias de la sustancia comprada en el mercado ilegal).

También apunta a que «el artículo 19 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional garantizan el ejercicio de los derechos humanos como ser la salud, vida, libertad, autodeterminación y privacidad de las personas. En ese sentido que la penalización del autocultivo ha sido declarada inconstitucional por centenares de fallos judiciales que han aplicado los mismos criterios establecidos hace 30 años en el fallo de la Corte Suprema de Justicia Nacional (CSJN) «Bazterrica» y retomados hace 7 años en el fallo «Arriola» del alto Tribunal.

«Sin una contemplación clara de la posibilidad de autocultivar la sustancia, la punición del cultivo obliga a los usuarios a adquirir dicha sustancia en circuitos de tráfico ilegal, sometiéndolos a una situación de clandestinidad, ilegalidad, violencia y riesgo de criminalización».

Asimismo sostiene «la ilegalidad y clandestinidad de un importante grupo de cultivadores solidarios que proveen dicha sustancia a las personas que lo solicitan a fines medicinales, sometiéndolos a un elevado riesgo de criminalización y penas que van hasta los 15 años de prisión. Entendemos que mantener dicha realidad no es coherente con lo expresado por los legisladores que aprobaron hace pocos días la ley que autoriza el consumo de Cannabis medicinal con fines terapéuticos».

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