25 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Notificación del vencimiento a titulares de las licencias de conducir

Se modificó el artículo 3.2.6 Plazos de validez, del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2.148, que quedó redactado de la siguiente forma: «La autoridad de Aplicación comunicará con carácter informativo a los titulares de las licencias de conducir, cualquiera sea su clase, del vencimiento de la misma con una anticipación de por lo menos tres (3) meses. La comunicación podrá hacerse por cualquier medio electrónico que haya sido denunciado previamente por el titular de la licencia a dichos fines. La falta de comunicación mencionada no interrumpe el plazo de vencimiento de la misma».

«La licencia de conducir es una herramienta que posibilita el trabajo a miles de ciudadanos que se ven impedidos de poder realizar sus tareas cuando la administración por mora no cumple con su función eficientemente», argumentó la legisladora Patricia Vischi (SUMA+) en los fundamentos del proyecto aprobado por unanimidad. La modificación resultó aprobada por unanimidad en general y en particular.

Deja una respuesta