19 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Carrió no podrá ampararse en los fueros en una demanda por falsa denuncia

La diputada nacional Elisa Carrió deberá enfrentar un proceso civil por daños y perjuicios por haber acusado al administrador del máximo tribunal de un delito que fue descartado en sede penal.

Carrió no podrá ampararse en sus fueros como diputada nacional para esquivar la demanda civil que le inició, por daños y perjuicios, el administrador general de la Corte Suprema, Héctor Daniel Marchi. La justicia rechazó la “inmunidad parlamentaria” que interpuso Carrió pero también incluyó al secretario de Fortalecimiento Institucional de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Fernando Sánchez que compartió con la jefa de la Coalición Cívica la denuncia penal que intentó preparar el terreno para expulsarlos de la Corte.

“Los demandados, al denunciar penalmente al actor imputándole la comisión de delitos exorbitaron la inmunidad de opinión parlamentaria al ocurrir ante otro poder de la Constitución pretendiendo llevar a juicio a un ciudadano”, indicaron los camaristas Roberto Parrilli, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoó en su fallo del 11 de diciembre.

“Se considera que la imputación de un delito es una cuestión no alcanzada por la inmunidad parlamentaria establecida en el artículo 68 de la Constitución Nacional ya que la denuncia penal no es equiparable a una opinión o discurso, más aún cuando dicha imputación no es una derivación de la actuación atinente a la propia función legislativa asignada”, indicó la Sala B.

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