19 de marzo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El Gobierno quiere que el acuerdo con el FMI pase por el Congreso, pero ya hay legisladores que dudan del proyecto de Guzmán

El Congreso no tendrá descanso y mucho menos si en materia económica se refiere, y es que en las últimas horas el ministro de Economía, Martín Guzmán, anunció el envío al Congreso de la nación de un proyecto de ley para fortalecer la sostenibilidad de la deuda pública. En esa línea, el Gobierno anticipó que se propondrá que los préstamos en divisas extranjeras deban tener previamente la aprobación de los legisladores, así como también los programas que se negocien con el Fondo Monetario Internacional. Tras el anuncio, ya hubo algunos bloques que se expresaron sobre el tema y plantearon sus dudas, por ejemplo Consenso Federal, que presentó por escrito una propuesta a Economía.

«Los préstamos en divisas tienen que ser responsables, y los países que han tenido una larga historia de inestabilidad en deuda tendrían que darle una mayor participación al Congreso en estas decisiones», así, el ministro de Economía, Martín Guzmán, anunció que ahora los legisladores nacionales tendrán incidencia en lo que será las decisiones importantes en materia económica, específicamente con el tema préstamos en moneda extranjera y la tan cuestionada deuda con el Fondo.

Para Guzmán y el Gobierno «sería sano que las decisiones de pedir préstamos en divisas extranjeras tengan la aprobación del Congreso», y por esom anunció que enviarán en las próximas horas un proyecto al parlamento.

Según información a la que accedió NCN, el Gobierno enviará esta misma semana al Congreso la iniciativa que establece que el endeudamiento en moneda extranjera bajo ley extranjera y con prórroga de jurisdicción requerirá autorización del Congreso y a su vez, los acuerdos futuros con el FMI también deberán ser aprobados por el Poder Legislativo.

No obstante, tras el anuncio ya hubo reacciones dentro del Congreso, específicamente en la cámara baja.

  • Fueron los diputados lavagnistas quienes ya salieron a pedirle a Guzmán «claridad» en su iniciativa y además, presentaron su propia propuesta.

Fue en un documento público que compartió el bloque de diputados de Consenso Federal firmado por los lavagnistas Jorge Sarghini, Graciela Camaño y Alejandro “Topo” Rodríguez, en el que dijo que condiciona el apoyo al proyecto de ley que presentará el Poder Ejecutivo y pidieron que se establezcan «una serie de limitaciones claras y explícitas a ese tipo de operatorias».

En el documento, el bloque de diputados nacionales de Consenso Federal advirtió que «al proyecto del Ejecutivo le está faltando un componente fundamental, que es una clara y explícita limitación al endeudamiento en moneda extranjera».

En esa línea, el diputado Jorge Sarghini consideró que «estas limitaciones al endeudamiento en moneda extranjera pueden ayudar a lograr una economía más estable porque se morigeran los riesgos asociados al descalce de monedas, se disminuye la volatilidad del balance de pagos y se reduce una fuente de costo del endeudamiento público que, en general, no se visibiliza cuando se está contrayendo», describió.

Y agregó: «Además, se crea una regla más factible de cumplir que una basada en el déficit; y, por lo tanto, más exigible».

Con ese panorama, los diputados de Lavagna plantearon que para subsanar la carencia del proyecto del Ejecutivo convendría aprobar la iniciativa presentada el 28 de febrero pasado por ellos mismos, por el bloque Consenso Federal, bajo la autoría de Jorge Sarghini, que modifica la Ley de Administración Financiera (Nro. 24.156) para establecer que, además de la prohibición ya existente de las operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes, se incorporen otras limitaciones para el crédito en moneda extranjera.

Cuál fue la iniciativa que ya presentó Consenso Federal

El proyecto:

ARTÍCULO 56.- El crédito público se rige por las disposiciones de esta ley, su reglamento y por las leyes que aprueban las operaciones específicas.

Se entenderá por crédito público la capacidad que tiene el Estado de endeudarse con el objeto de captar medios de financiamiento para realizar inversiones reproductivas, para atender casos de evidente necesidad nacional, para reestructurar su organización o para refinanciar sus pasivos, incluyendo los intereses respectivos.

Se prohíbe:

1) Realizar operaciones de crédito público para financiar gastos operativos.

2) Realizar operaciones de crédito público en moneda extranjera, con las siguientes excepciones:

a) Operaciones cuyo producido será aplicado íntegramente a cancelar servicios de la deuda pública en moneda extranjera.
En este caso, no deberá realizarse la conversión a pesos de ese producido, ni siquiera en forma transitoria.

b) Financiaciones de organismos multilaterales u oficiales de crédito, o que cuenten con garantía de estos organismos, cuyo producido se aplique únicamente al financiamiento de proyectos específicos.

c) Avales u otro tipo de garantías necesarias para que empresas públicas o con participación estatal mayoritaria del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales o los gobiernos municipales puedan realizar contratos en el extranjero que impliquen exportaciones de bienes o servicios desde nuestro país.

d) Financiaciones o garantías de organismos no gubernamentales sin fines de lucro, dirigidos a la protección de recursos naturales o a la mejora de la calidad de vida de la población.

e) Financiaciones o garantías necesarias para proyectos de inversión estratégicos para el desarrollo, en la medida en que la realización de dichos proyectos y su estructura de financiamiento cuenten con aprobación por ley del Congreso Nacional.

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