1 de mayo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Presentarán la Ley del Aborto el 28/05 por 8va vez, pero igual no se tratará este año

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito anunció que la presentación del proyecto de ley de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) será el 28 de mayo. Ingresará por Diputados aunque no podrá ser tratada hasta el 2020.

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Tras una reunión entre diputadas, militantes y especialistas, se definió que el próximo 28 de mayo se presentará por octava vez el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo, en la Cámara de Diputados de la Nación.

La iniciativa, que incorporó cambios con respecto a la que consiguió media sanción el año pasado, fue consensuada en un plenario de la Campaña por el Aborto realizado a mediados de marzo en la Universidad de Córdoba.

La presentación del proyecto será el Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, según acordaron legisladores en el quinto piso del Anexo A de la Cámara baja, del que participaron los diputados Brenda Austin (UCR), Mónica Macha, Daniel Filmus (Frente para la Victoria-PJ), Teresita Villavicencio (Evolución) y la saliente Nathalia González Seligra, del Frente de Izquierda.

El año pasado se dio el récord de 71 adhesiones, y ahora tratarán de reforzar la presencia del bloque Justicialista, el Frente Renovador y Red por Argentina.

Sin embargo, debido a que la composición de las Cámaras es la misma desde la última vez que se presentó el proyecto, el 9 de agosto de 2018, y fue desaprobado, deberá esperar hasta el 2020 y dependerá de la integración de las listas legislativas y de la renovación del Senado.

Este nuevo proyecto sostiene las 14 semanas de gestación como tope para abortar (el Senado había evaluado cambiarla a 12), pero no pena a las mujeres que lo practiquen superado ese período, como lo hacía el dictamen del año pasado.

También mantiene el polémico artículo que autoriza el aborto a chicas de entre 13 y 16 años por considerar que no es una intervención invasiva, según la definición del Código Civil y Comercial aprobado en 2015.

Igualmente, el artículo 1° de la nueva redacción establece que toda mujer u «otras identidades con capacidad de gestar» -figura que se incorporó ahora- tienen derecho a «decidir voluntariamente» y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional.

En tanto, en las causales de IVE más allá de ese plazo ya no se encuentra la «inviabilidad de vida extrauterina del feto», sino que quedan establecidos los casos en los que el embarazo fuera producto de una violación o si estuviera en riesgo la vida de la mujer o persona gestante.

Otro de los artículos indica que «si la interrupción voluntaria del embarazo se llevara a cabo en un establecimiento de salud, sus autoridades deben garantizar la realización de la práctica sin requerir autorización judicial previa».

Este nuevo proyecto no contempla la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, un punto que fue clave para garantizar votos a favor de la iniciativa durante su debate en el Congreso.En cuanto a los cambios en el Código Penal, el artículo 88 que se propone reemplazar expresa que «la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro/a se lo causare en ningún caso será penada».

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