Rechazan pedido para que Alperovich sea juzgado por ciudadanos comunes
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó que el ex gobernador de la provincia de Tucumán, José Alperovich, sea juzgado por ciudadanos en la causa en la que está acusado de violación y abuso sexual de una sobrina. De esta manera, la Sala de Turno de la Cámara ratificó lo decidido hace unos meses por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 29, y declaró inadmisible la pretensión de la defensa tendiente a que se aplique el procedimiento de juicio por jurados previsto en la ley 6451 de la Ciudad de Buenos Aires.
Se consideró que esa ley local establece la obligatoriedad de ese tipo de juicios “para delitos cometidos en esa jurisdicción”, y “cuya pena máxima sea igual o superior a 20 años de prisión«.
Los camaristas Pablo Jantus y Eugenio Sarrabayrouse sostuvieron que la norma no resulta aplicable para los tribunales nacionales con asiento en la Capital Federal, ni “tampoco comprendía supuestos como el presente, en razón de la pena prevista para los delitos que se le atribuyen a Alperovich«. El ex senador está acusado por “abuso sexual cometido en tres oportunidades, los últimos dos en grado de tentativa, y seis hechos de abuso sexual con acceso carnal«.
Asimismo, la Sala de Turno recordó que los delitos que se atribuyen a Alperovich no están incluidos en ninguno de los acuerdos de transferencias al ámbito local y que si bien el traspaso no se había completado, no se debía suplir desde el Poder Judicial.
Por su parte, Jantus y Sarrabayrouse aclararon que, como se había decidido en instancias anteriores, tampoco correspondía que un tribunal nacional aplicara una ley de otra jurisdicción: “Este Tribunal no está habilitado (carece de competencia) para aplicar una ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y “está claro que resulta prácticamente imposible establecer mediante una sentencia y para un caso particular el juicio por jurados«, señalaron.