8 de mayo de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Silvia Horne presentó proyecto de Ley para eliminar la categoría «sexo» en documentos

La Federación Argentina LGBT, a través de la Diputada Nacional Silvia Horne, presentó el «Proyecto de Ley contra la asignación sexual compulsiva: eliminación de la categoría «sexo» en documentos y protección de la diversidad corporal» (Expediente N° D 7073/18), que elimina la categoría de «sexo» de cualquier documento público o privado, y garantiza la integridad, la autonomía y la diversidad corporal de todas las personas frente a intervenciones médicas destinadas a modificar sus características sexuales para adecuarlas a los estándares de asignación sexual o «normalidad».

Desde la FALGBT, ya veníamos trabajando, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tres casos para reconocer otras identidades autopercibidas como también sucedió hace unos días en Mendoza con Gerónimo Carolina González. En esta oportunidad, presentamos el proyecto de Ley en el Congreso de la Nación, que sería además la primera ley con lenguaje inclusivo.

«La finalidad de la presente ley es garantizar el derecho a la intimidad, la autonomía, la autodeterminación, la integridad y la diversidad corporal de todas las personas, en especial de aquellas que son vulneradas por la discriminación, bajo pretexto de que sus cuerpos no hegemónicos varían de normas construidas sobre la base de una falsa noción de sexo. El Estado debe respetar el género autopercibido de acuerdo a cómo cada persona lo siente. El proyecto busca seguir avanzando sobre las bases que fueron ya establecidas en el 2012 por la Ley de Identidad de Género y es por ende una cuestión de justicia social, de derechos, de libertad. Es una iniciativa para seguir construyendo un mundo más igualitario para todas las personas», dijo la Diputada Nacional Silvia Horne.

«Así como en algún momento figuraba en los documentos personales la religión o el color de la piel y en la actualidad ya no es así, el sexo debe dejar de ser un dato requerido en documentación pública y privada. Dicho registro ya no ofrece ninguna utilidad real. Esta aceptada y generalizada práctica, bajo el examen de los instrumentos internacionales de derechos humanos, resulta una injerencia irracional, ineficaz y, por lo tanto, inaceptable. Y más aún, las prácticas médicas que se realizan, bajo el pretexto de las características sexuales de una persona, cuando son sometidas al examen de las normas constitucionales que protegen el derecho a su diversidad corporal e integridad física, adquieren dimensiones trágicamente absurdas», expresó la Presidenta de la FALGBT, Marcela Romero.

«La asignación jurídica y registral de un ‘sexo’ es inexacta, falsa, irrelevante jurídicamente, arbitraria, invasiva, discriminatoria, inútil y confusa. A su vez, es nociva por ser funcional a vulneraciones de derechos y de actos discriminatorios. Lo mismo ocurre con la práctica extendida de registrar compulsivamente dicha información en las bases de datos públicas y privadas. Es importante destacar que, salvo medidas de acción afirmativa, no existe trato desigual basado en el género en nuestro ordenamiento jurídico. Y estas medidas, como el caso del cupo femenino, la edad jubilatoria o dispositivos contra la violencia de género (como en el caso del no femicidio o de la Ley Nº 26.485), son precisamente para lograr la igualdad de oportunidades y de trato. Estos pocos casos excepcionales, que bien pueden resolverse con declaraciones juradas ad hoc, no justifican todo el andamiaje jurídico para portar de manera visible pretendidos datos sobre las características sexuales de una persona», sostuvo la Secretaria General de la FALGBT, María Rachid.

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