20 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El Senado sancionó el proyecto de ley que impone penas a la explotación laboral infantil

Fue votado de manera unánime, por 63 legisladores, el proyecto de ley que impone penas de hasta cuatro años a quienes produzcan la explotación laboral de menores de edad. El cuerpo de la ley está centrado en tomar a los empresarios como responsables de estos actos y exceptúa a los padres por considerarlos victimas de la situación.

A pesar de haber sido votado de manera unánime, el radicalismo no acompaño uno de los artículos del texto, las mayores diferencias en el debate se observaron en torno a la responsabilidad de las familias. El titular del bloque radical, Gerardo Morales, intento establecer modificaciones para que se vuelva a debatir en comisión planteando “que no queda claro quien es el verdadero responsable de la violación del derecho del menor”. Luís Naidenoff, del mismo partido, agregó “si queremos combatir, hay que ir al hueso, significa que los padres asuman la responsabilidad y que no sometan a sus hijos a la explotación”.

Por su parte, como presidente del bloque oficialista, Miguel Pichetto pidió acompañar sin “tantas justificaciones” y aclaro que el espíritu de la norma iba por el “rumbo correcto”.

Con la sanción de esta ley, se suma al Código el artículo 148 bis. En él se establece que se aplicará una condena de uno a cuatro años a quien “promoviere, facilitare, aprovechare o explotare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil”. Cabe destacar que si existe algún delito más grave en la causa (como podría ser la trata de personas o de índole sexual) se fijará la condena por el delito mayor, siendo el abuso laboral un agravante.

El ministro nacional de Trabajo, Carlos Tomada, explicó que las penas anteriores “permitían finalmente la excarcelación” y que eso daba lugar a “la no sanción”. Agregó: “Hemos logrado revertirlo y hoy quien cometa este delito es punible y pasible de estar en situación de detención”. Con la flamante modificación al Código Penal, se establece que la condena será de cuatro años en lugar de uno.

El nuevo artículo, buscando no criminalizar a aquellas familias que tienen la necesidad de trabajar, determina que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta”. Sin embargo, al respecto Tomada en diálogo con NCN, señaló “no hay ningún justificativo para que los niños trabajen”.

El titular de la cartera de Trabajo explicó que “la Argentina es un país donde los adultos tienen que trabajar, donde los niños tienen que estar jugando o en la escuela. Y aquellos malos empresarios que utilicen el trabajo infantil tienen que tener sanciones y si es necesario sanciones penales”.

La votación finalizó con un acuerdo unánime del pleno del Senado, pero con el radicalismo que no acompañó el segundo párrafo del texto donde se exceptúa “las tareas con fines pedagógicos o de capacitación”

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