26 de abril de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Proponen modificar la Ley de Quiebras a favor de la emergencia de las PYMES

La Diputada Nacional Lorena Matzen propone modificar la Ley de Quiebras, en favor de situación de emergencia de las Pymes.

La diputada nacional Lorena Matzen, con el acompañamiento de sus pares Roxana Reyes, Gustavo Menna, Gonzalo Del Cerro, Hernán Berisso y Gabriela Lena, presentaron un Proyecto de Ley que, a través de la modificación de la Ley de Quiebras, N° 24.522, busca generar un marco jurídico que habilite a pequeños y medianos comerciantes en situación de cesación de pago inminente, a asumir sus obligaciones sin dejar de ejercer la actividad.

Necesitamos revisar la legislación y establecer nuevas condiciones, para atenuar el impacto de la falta de actividad, sobre todo en aquellos segmentos económicos más vulnerables, pequeños y medianos comerciantes que sufren la embestida de la cuarentena y se encuentran con obligaciones emergentes imposibles de cumplir” explicó Matzen. Y agregó “Con ese objetivo, proponemos poner a su alcance un proceso menos dificultoso que el previsto actualmente por la Ley de Quiebras, que impone innumerables requisitos para acceder al concurso y además los obliga a cesar en su actividad” explicó Matzen.

En esa línea, el proyecto modifica los límites y requisitos para acceder a los denominados ”pequeños concursos“ y garantiza un contexto normativo menos burocrático y sin necesidad de declaración judicial, para quienes demuestren haber contraído deudas de un monto de hasta 500 salarios mínimos, vitales y móviles (unos 4 millones de pesos) en el contexto de pandemia; o cuando el proceso no presente más de veinte (20) acreedores quirografarios; o cuando el deudor no cuente con más de treinta (30) trabajadores en relación de dependencia.

En tales casos, y de ser aprobada la iniciativa de los diputados nacionales, el proceso del concurso adquirirá carácter “sumarísimo” y será suficiente la participación de un Contador Nacional para garantizar la eficacia del instituto. En esta línea y para agilizar los pasos ordinarios que la Ley 24.522 establece, se suprime la necesidad de los dictámenes (inc 3 y 5 del artículo 11° de la Ley), la constitución de los comités de acreedores y el régimen de supuestos especiales previstos por el artículo 48°.

El proyecto pretende tener una vigencia idéntica a la que dure la emergencia económica y sanitaria y dispone un plazo de treinta (30) días contados a partir de su publicación para la apertura de los registros de acreedores.

Esperamos poder llevar un poco de alivio a pequeños y medianos comerciantes, queremos morigerar la dureza del contexto actual y tenderles una mano para que puedan asumir sus deudas sin dejar de ejercer su actividad” finalizó Matzen.

Deja una respuesta